Coordinadores parlamentarios ceden ante chantaje de televisoras

Las tres principales fuerzas políticas en el Congreso cedieron ante las presiones e intimidaciones de los dueños de los medios electrónicos, al eliminar del proyecto de nueva legislación electoral la posibilidad de sancionar a televisoras y estaciones de radio con la suspensión de sus transmisiones entre una hora y 10 días.

La sanción propuesta disminuye de manera considerable para las empresas de radiodifusión, ya que se plantea sacar del aire exclusivamente la publicidad comercial y por un lapso hasta de 24 horas cómo máximo, bajo el argumento de no lesionar al público con el corte de la transmisión de telenovelas o partidos de futbol.

El acuerdo lo tomaron los coordinadores de PAN, PRI y PRD en ambas cámaras, y se lo notificaron a los senadores y diputados que durante las semanas recientes han trabajado en el proyecto de modificaciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

Es la respuesta a la campaña desplegada por las dos grandes televisoras en días pasados, que tuvo su punto culminante el jueves pasado cuando el dueño de Tv Azteca, Ricardo Salinas Pliego, acusó a esos tres partidos de echar a la basura la libertad de expresión.

Paralelamente, en el Congreso de la Unión, legisladores estrechamente ligados a las cadenas, como el senador Jorge Mendoza y el diputado Eduardo Sánchez –ambos priístas–, llevaron a cabo un fuerte cabildeo para proteger los intereses de las empresas en las que han trabajado.

Los cambios
En ese contexto, ayer por la mañana se decidió modificar la redacción del inciso 3 del artículo 364 del Cofipe, para reducir sustancialmente la sanción para las estaciones o canales que incurran en violaciones a la nueva legislación electoral y, entre otras cosas, se nieguen a retirar propaganda que no haya sido contratada por el IFE o manipulen o alteren los programas de los partidos para calumniar y denigrar a éstos y sus candidatos.

Hasta el viernes pasado, ese artículo fijaba como sanción sacar del aire por una hora y hasta un máximo de 10 días a las emisoras que incurrieran en esas faltas al Cofipe.

Ahora, la sanción va dirigida únicamente a sacar del aire la publicidad comercial, los famosos anuncios que las empresas pagan por promover sus productos. El lapso de dicha suspensión, de acuerdo con dos versiones distintas, sería de entre un minuto y hasta 24 horas, o de una a 24 horas. El tiempo específico aún está a discusión.

La explicación que los coordinadores ofrecieron a los legisladores que elaboran el proyecto de dictamen es que sería muy costoso para el Congreso “echarse encima” al auditorio, que no tiene por qué pagar las irregularidades cometidas por las televisoras y radiodifusoras.

Asimismo, esgrimieron el argumento de que la nueva propuesta sí tendrá impacto para los concesionarios, porque afectaría sus ingresos, ya que por cada hora de programación hay por los menos 12 minutos de comerciales.

Los coordinadores también justificaron la decisión al advertir que a los medios les molestará que en lugar de anuncios las pantallas aparezcan en negro y con un mensaje en el cual se señale que están fuera del aire por violar la ley electoral.

Irónico, un legislador comentó: “nuestros amados líderes dicen que la gente tiene derecho a ver sus telenovelas. Que a los empresarios les cueste en el bolsillo. Que no tenemos por qué castigar al televidente”.

Por ello, la redacción más reciente del artículo 354 estipula que se sancionará a los concesionarios y permisionarios: “en caso de infracciones graves reiteradas, con la suspensión por la autoridad competente, previa solicitud del Consejo General, de la transmisión de mensajes de publicidad pagada por el tiempo que determine la resolución, que no podrá ser menor a (xx) minutos ni mayor a la totalidad de dicha publicidad durante (xxx) horas. En todo caso, cuando esta sanción sea impuesta, el tiempo de la publicidad suspendida será ocupado por un mensaje de la autoridad, en el que se informe al público de la misma. Tratándose de permisionarios, la sanción aplicable será la multa”.

Donde también cedieron fue en la redacción del polémico artículo 49, inciso J, en el que se pretendía otorgar una facultad específica al IFE para presentar a los concesionarios los lineamientos a seguir en los noticiarios respecto de la información de campañas y precampañas.

El presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, el panista Héctor Larios, adelantó por la mañana que se regresaría a la redacción original de dicho artículo, por la que el IFE sólo “sugerirá” los lineamientos, ya que, señaló, así operó sin problemas los pasados 12 años.

La redacción acordada es la siguiente: “el Consejo General del IFE se reunirá a más tardar el 20 de septiembre del año anterior al de la elección con las organizaciones que agrupen a los concesionarios y permisionarios de radio y televisión, para presentar las sugerencias de lineamientos generales aplicables a los noticieros respecto de la información o difusión de las actividades de precampaña y campaña de los partidos políticos. En su caso, los acuerdos a que se llegue serán formalizados por las partes y se harán de conocimiento público”.

Sin embargo, y a pesar de que también puede provocar la molestia de los concesionarios, se modificó el artículo 76, en el cual se precisa que el IFE “dispondrá de los medios necesarios para verificar el cumplimiento de las pautas de transmisión que apruebe, así como de las normas aplicables respecto de la propaganda electoral que se difunda por radio o televisión”.

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