El IFE, único facultado para asignar tiempos en medios

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es el Instituto Federal Electoral (IFE) el único órgano facultado para administrar los tiempos en medios electrónicos para la difusión de propaganda política en tiempos electorales.

Con ello, se niega la posibilidad de que las entidades federativas puedan crear sistemas paralelos u órganos que administren esos tiempos, porque violarían las actuales reformas constitucionales en materia electoral.

La resolución de la acción de inconstitucionalidad que presentó la Procuraduría General de la República (PGR), en contra de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero deja clara dicha postura, al declarar por unanimidad inconstitucional ocho artículos de la norma.

Ante ello, el ministro Mariano Azuela, quien fungió como presidente, dijo que la resolución del asunto no significaba un pronunciamiento de facto del pleno de la Suprema Corte sobre la constitucionalidad de las reformas electorales, pues aún falta estudiar los amparos que interpusieron el sector empresarial, académico y civil contra la norma.

La ministra Margarita Luna Ramos, encargada del proyecto, dijo que la propuesta de darle la razón a la Procuraduría es simplemente para crear una base en las leyes de materia electoral, es decir, "que el código estatal esté en consonancia con el federal".

La ministra explicó que la reforma constitucional detalla en sus artículos transitorios que los estados contarán con un periodo de un año para poder adecuar sus legislaciones en la materia, y como ya se encuentra cercano el proceso la ministra dijo que la Legislatura tiene hasta el mes de abril para adecuar su norma electoral.
Nota de El Economista, 5 de marzo.

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