El PRD se anticipa al IFE e interpone una queja

El spot en el que se equipara a Andrés Manuel López Obrador con los dictadores Adolfo Hitler, Benito Musolini, Augusto Pinochet y Victoriano Huerta ya originaron la presentación de dos denuncias en el IFE, las cuales pretenden decretar medidas cautelares y suspender su difusión de manera inmediata.

El PRD presentó una queja en la que vincula al PAN con la asociación Mejor Sociedad, Mejor Gobierno, que suscribe dicha publicidad, y pide al IFE que deje de transmitir en tiempos del Estado los spots en los que el blanquiazul califica a legisladores del FAP de violentos.

Mientras, en la Secretaría Ejecutiva del IFE se inició un procedimiento de oficio para identificar a los responsables de haber pagado dicha publicidad y castigar posibles violaciones legales de los concesionarios que la transmitieron.

La denuncia del PRD va contra el spot que habla de golpes de Estado en los que se clausuró el Congreso, pero también pretende que se deje de transmitir la publicidad que el PAN difunde en los tiempos del Estado, en uso de sus prerrogativas legales, y en la que llama “violentos” a los legisladores que tomaron el Congreso.

Las dos denuncias serán investigadas de manera paralela y se calcula que el próximo lunes la Comisión de Quejas del IFE evalúe si ordena suspender esos spots. La justificación para no decretar medidas cautelares de inmediato es que el instituto sólo puede hacerlo cuando las campañas electorales se están desarrollando.

Las nuevas reglas electorales vigentes prohíben a cualquier persona física o moral contratar propaganda en radio y televisión a favor o en contra de los partidos políticos, e impide a los concesionarios vender tiempos comerciales ni transmitir publicidad política que no le sea entregada por el IFE.

Esos procedimentos se inician cuando el IFE no ha podido siquiera determinar si Televisión Azteca es culpable de incumplimiento, al no transmitir los spots de los partidos en tiempos del Estado, que se ordenó desde el 12 de marzo, y cuando tiene pendiente una denuncia también contra el FAP por el presunto pago de publicidad transmitida el 23 de marzo para invitar a un mitin de López Obrador en el Zócalo.

Claves

La norma

• El artículo 354 del código electoral señala que las personas físicas o morales podrán ser multadas “tratándose de la compra de tiempo en radio y televisión para la difusión de propaganda política o electoral, con el doble del precio comercial de dicho tiempo”.

• El IFE podrá aplicar a permisionarios y concesionarios una amonestación pública, multa de hasta 100 mil días de salario mínimo (5 millones 254 mil pesos) y en caso de reincidencia hasta el doble de ese monto para concesionarios de televisión.

• Son “infracciones graves” por parte de los concesionarios “la difusión de propaganda política o electoral, pagada o gratuita, ordenada por personas distintas al IFE”, así como “la venta de tiempo de transmisión, en cualquier modalidad de programación, a partidos, aspirantes, precandidatos o candidatos”.
Nota de Lorena López, Milenio, 19 de abril.

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