Hay consenso en la reforma, pero falta concretar

El conjunto de delitos tipificados actualmente en la Ley General de Población, excepto el delito de tráfico, establece pena de prisión para un grupo social que es sistemáticamente discriminado, por lo que criminalizar la migración indocumentada agrava la situación de vulnerabilidad en la que ya se encuentran los migrantes.
El pasado 9 de abril, los senadores de las comisiones unidas de Población y Desarrollo, Seguridad Pública y Estudios Legislativos Primera del Senado tenían una cita para discutir y votar la minuta de reformas a la Ley General de Población (LGP) y con ello decidir el tinte democrático y perfil de la política migratoria aplicada a los miles de migrantes que anualmente llegan o transitan por nuestro país. Una cita para concluir un proceso legislativo que tuvo su expresión formal con la aprobación, en la Cámara de Diputados de reformas legales que, en lo general, libera a los migrantes de la amenaza de la acción penal en su contra.

Son pocas las ocasiones en que estamos ante la histórica coincidencia de posiciones de instituciones estatales, organismos internacionales, sociedad civil y eclesiástica, academia, migrantes y sus familiares: la necesidad de despenalizar la migración indocumentada como una medida urgente para evitar mayores violaciones a los derechos humanos de los migrantes. Todos coincidimos, con una o más de las siguientes razones para eliminar del orden jurídico mexicano las sanciones penales a migrantes:

—La consabida incongruencia con la política exterior mexicana, en particular en su relación con Estados Unidos, puesto que México reclama que sus nacionales indocumentados en Estados Unidos no sean tratados como criminales y se respeten sus derechos humanos;

México tiene que responder ante organismos internacionales por los compromisos que en la materia ha adquirido, entre ellos la obligación de adecuar la legislación doméstica para que corresponda a la nueva realidad migratoria del país y se ajuste a lo dispuesto por la Convención y otros instrumentos internacionales aplicables, que indefectiblemente eliminan como delito penado con privación de libertad la entrada y o permanencia irregular de una persona en su territorio.

—La sociedad civil mexicana (Foro Migraciones) e internacional se ha sumado a las demandas por la eliminación de los tipos penales que criminalizan al migrante y sugiere como alternativa sanciones de índole administrativa.

—Recientemente manifestada a través de una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se encuentra la tendencia a reprochar el castigo penal a los migrantes o a quienes, sin fines de lucro, les brinden ayuda humanitaria a los extranjeros ilegales.

Las recurrentes noticias de eventos de violación a derechos humanos de migrantes, por distintas autoridades y por particulares dan cuenta de cómo la existencia de las normas de la Ley General de Población que establecen penas de prisión para los migrantes indocumentados son terreno fértil para la extorsión, los abusos y las arbitrariedades.

La amenaza penal además de desmedida ha sido inútil, que puede acudirse a otras vías como medio de control e inhibición de la migración no autorizada.

Hoy por hoy, las sanciones previstas para un migrante indocumentado son la pena de prisión, más una multa, más la expulsión. Una manera de hacer coincidir el interés del Estado con el respeto a los derechos humanos es sustituir las sanciones penales por medidas administrativas. Nuestros legisladores ahora están valorando precisamente el cambio de un regimen migratorio restrictivo por uno amigable que invite a los migrantes indocumentados a tramitar su legal estancia, a ingresar al ámbito de licitud. Un adecuado y oportuno cambio de herramienta del Estado en el control reflujos migratorios.

Esperemos que los legisladores acudan a su cita, en suficiente quórum y disposición para concretar la liberación de los migrantes de la amenaza penal.

Texto de Martha Villarreal, El Universal, 18 de abril.


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