Multas a medios por no respetar la réplica

Establecer que el derecho de réplica sea improcedente cuando se trate de apreciaciones o comentarios que forman parte de la crítica periodística y se formulen con base en hechos ciertos o en las actividades públicas de la persona aludida, y la aplicación de multas de hasta medio millón de pesos a medios que se nieguen a difundir la réplica, previa sentencia de un juez, se plantea en un proyecto de iniciativa que analizan legisladores.

De acuerdo con el proyecto de iniciativa de Ley Reglamentaria del Artículo 6 de la Constitución que está sujeto a observaciones de senadores y diputados federales: "Toda persona podrá ejercitar el derecho de réplica cuando considere que una información, mención o referencia emitida o publicada en algún medio de comunicación es inexacta y lo aluda de manera directa".

Así, se propone que el interesado enviará por escrito al responsable del medio de comunicación que difundió la información, con alusión expresa y puntual de los hechos aludidos, la solicitud de réplica. Esta solicitud se presentaría en un plazo de siete días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación o emisión de la información que se replica.

También se plantea aplicar multas de 500 a 5,000 salarios mínimos cuando el medio de comunicación no publique o difunda la réplica solicitada en los plazos fijados por la ley; y de 5,000 a 10,000 salarios mínimos si un juez considera procedente la publicación o difusión de réplica y el medio se niega a cumplir la sentencia o lo haga fuera del plazo establecido.

Nota de Mauricio Rubí, El Economista, 3 de abril.


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