Las modificaciones que plantea la iniciativa del senador Padrés son: adicionar una fracción al artículo 3 de la Ley General de Población, para ordenar que las autoridades migratorias promuevan “la creación de lugares especiales para la protección, alojamiento y atención de migrantes, ya sea en las estaciones migratorias o los lugares habilitados para ello”.
También propone modificar el artículo 71 de dicha ley para señalar que “la Secretaría de Gobernación establecerá estaciones migratorias y podrá crear, operar y mantener lugares especiales habilitados para la adecuada atención a los migrantes, en los lugares que estime conveniente para alojar en las mismas, como medidas de aseguramiento, si así lo estima pertinente, a los extranjeros cuya internación se haya autorizado en forma provisional, así como a aquellos que deben ser expulsados”.
El senador panista destaca en su propuesta que “la asistencia social dirigida a los migrantes debe ser una tarea primordial, para brindar apoyo y seguridad a los niños y mujeres, sectores de la población altamente vulnerables”.
Nota de La Jornada, 5 de mayo.
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