'Rescatan' derechos de embrión

Los opositores a la despenalización del aborto desenterraron un precepto constitucional casi olvidado para reforzar sus argumentos ante la Corte.

En marzo de 1997, fue publicada una reforma a los artículos 30, 32 y 37 de la Constitución, que amplió los conceptos sobre la nacionalidad mexicana, entre otros temas.

El artículo tercero transitorio de dicha reforma estableció: "Las disposiciones vigentes con anterioridad a la fecha en que el presente decreto entre en vigor, seguirán aplicándose, respecto a la nacionalidad mexicana, a los nacidos o concebidos durante su vigencia".

La clave es la referencia a los "concebidos", que es la única que se ha hecho en la Carta Magna.

Ayer en audiencia pública ante la Corte, el litigante Jaime Inchaurrandieta y la diputada local panista María de la Paz Quiñones enfatizaron esta mención del Constituyente.

"Encontramos de manera expresa, directa, clara e indiscutible cómo el Constituyente considera al concebido sujeto de derecho, luego entonces, constitucionalmente es una persona", afirmó Inchaurrandienta.

El alegato va dirigido contra el presidente de la ALDF, Víctor Hugo Círigo, quien ante la Corte sostuvo que el embrión no es una persona, y por tanto, no es sujeto de derechos.

Los opositores a la despenalización consideran que este argumento puede reforzar la jurisprudencia aprobada en 2002, que señala que la Constitución protege la vida desde la concepción, pues en ese caso los ministros no tomaron en cuenta el artículo transitorio de la reforma de 1997.

Nota de Víctor Fuentes, Reforma, 24 de mayo.


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