Fracasará aplicación de juicios orales si impera la visión garantista: experto

Carlos Castresana Fernández, ex fiscal del Tribunal Supremo de España y coordinador de la Oficina de las Naciones Unidas sobre las Drogas y el Crimen (ONUDC, por sus siglas en inglés), advirtió que fracasará la aplicación de los juicios orales, que prevé la reforma de justicia penal calderonista, si su instrumentación vía leyes secundarias, aún pendientes, se basa exclusivamente en la visión teórica de un puñado de abogados “garantistas” ligados al Presidente de la República, los cuales reciben asesoría de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).

Hay casos de procedimientos orales, como en Colombia, que son exitosos, y otros que fracasaron, como en Guatemala, país que siguió la vertiente de juristas teórico-garantistas, aseveró el ex funcionario español en una entrevista para la televisión mexicana.

Agregó que México ya tiene componentes en su sistema legal que lo vuelven un país garantista. Está el caso de la Ley de Amparo, “que permite a unos pocos, a quienes pueden pagarlo, beneficiarse”.

Ayer, el presidente Felipe Calderón Hinojosa firmó en Palacio Nacional el decreto para que entre en vigor este miércoles la reforma constitucional en materia de justicia penal y seguridad pública.

Sobre esa modificación, Castresana opinó durante una mesa de debate organizada en un programa de Tv Azteca que, frente al tema de la guerra que declaró Felipe Calderón al narcotráfico, “México no puede darse el lujo de ensayar un nuevo sistema de justicia penal para ver si funciona, porque si el gobierno aplica un modelo procesal al estilo garantista-teórico y se les empiezan a disparar los índices delincuenciales, como ocurrió en Guatemala, Argentina y Paraguay, entonces el proceso de feudalización se va acelerar”.

En términos generales, aseveró, el procedimiento oral-adversarial siempre va a ser un buen anticuerpo para que la justicia sea transparente y para evitar los acuerdos en lo oscurito entre jueces, abogados y fiscales.

Sin embargo, la diferencia entre el éxito y el fracaso de los juicios orales está en la forma en que se implemente jurídicamente, sostuvo.

En el caso de México, la reforma calderonista que hoy entra en vigor aún no cuenta con una ley que reglamente las modificaciones a cinco artículos de la Constitución política, la cual deberá ser aterrizada mediante los códigos Penal Federal y de Procedimientos Penales.

A manera de ejemplo, Castresana explicó los casos de Guatemala y Colombia. “Ambas naciones tienen un sistema de juicio oral de carácter acusatorio. Guatemala lo aplicó mal, porque puso la reforma en manos de garantistas-teóricos, que no tenían ninguna experiencia en el sistema, apoyados por un sector minúsculo del gobierno estadunidense, el cual le escribió su Código de Procedimientos Penales.

“Ahí lo establecieron con muchísimas trabas para que policías y fiscales guatemaltecos no pudieran actuar. Las fuentes de prueba quedaron limitadas y, por tanto, la delincuencia se disparó a grado tal que de 5 mil 850 homicidios cometidos hoy día, sólo 18 personas reciben sentencia.

“Colombia, en cambio, ha establecido un sistema oral de justicia con equilibrios, donde se respetan los derechos del imputado y de la víctima al mismo tiempo.

“El juez colombiano tiene que tomar decisiones. Como medidas comunes, congelar bienes al acusado para que al final del juicio haya dinero para la reparación del daño a la víctima”, destacó.

Precisó que el caso de México está más cercano al ejemplo guatemalteco, y eso le da pocas posibilidades de éxito.

Alfredo Méndez, La Jornada, 18 de junio.


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