“Fallo de la Corte restringe la libertad de expresión”

El partido Convergencia reprobó lo que denominó “restricciones a la libertad de expresión” de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al validar ésta las reformas en materia electoral relativas a la contratación de tiempos en televisión y radio. Convergencia expresó su desacuerdo con ese fallo porque a su juicio violenta la libre expresión del ciudadano y se contrapone al Artículo 6 constitucional, que garantiza la libre manifestación de las ideas. Mediante un comunicado, consideró que la Corte, al determinar que el régimen de acceso a los medios electrónicos coincide con la Constitución, “obliga a pensar que las voces de la sociedad no serán escuchadas”. Advirtió que ello significaría un grave menoscabo para la vida institucional de los partidos, lo que pondría en entredicho el desarrollo democrático del país. Convergencia indicó que la sociedad debe mantener siempre la posibilidad de expresar su ideología, y así lo han manifestado académicos, intelectuales, periodistas y líderes de opinión en desacuerdo con esa prohibición. El Cofipe establece la prohibición de contratar propaganda en radio y televisión a partidos políticos o cualquier persona, incluidos precandidatos y candidatos a elección popular. De esta manera, los partidos no podrán contratar, por sí mismos o a través de terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de dichos medios de comunicación. La medida también se aplica a cualquier persona física o moral. Con una votación de seis ministros a favor de la prohibición y cinco por la inconstitucionalidad de la disposición, la SCJN dio por terminada la discusión de las impugnaciones hechas por Convergencia y los partidos del Trabajo, Nueva Alianza, Alternativa Socialdemócrata y Verde Ecologista.
Crónica, 9 de julio.

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