‘Ley Robles’ bajo fuego... otra vez

‘‘El concebido pero no nacido recibe la protección de la ley penal al sancionarse el aborto, esto es, el conflicto de intereses se resuelve en favor del no nacido; sin embargo, excepcionalmente, en casos como el que nos ocupa (aborto eugenésico), el legislador ha decidido, por razones de política criminal, no sancionar tal conducta; determinación que no infringe la Constitución, en virtud de que la Carta Magna no prevé sanciones penales ni obliga al legislador ordinario a establecerlas en caso alguno, sino que se concreta a delinear las condiciones de creación de la normatividad que establezca el castigo correspondiente”

José de Jesús Gudiño Pelayo

‘‘Comparto plenamente el principio de que la Constitución protege la vida humana en todo momento y, por lo mismo, que la privación de la vida del producto de la concepción, en cualquier momento de la preñez, es un delito que debe evitarse y perseguirse en la práctica y así crear un sagaz mecanismo de legalización del aborto en todos los casos en que la mujer embarazada lo solicite”

Mariano Azuela Güitrón

‘‘¡Qué bien! ¡Qué bien, por el bien de las mujeres! La decisión que hemos tomado a este respecto —que vamos a tomar— no va a fomentar que existan más abortos, como sostenemos don Juan Silva y yo, ni tampoco los va a disuadir”

Genaro Góngora Pimentel


‘‘Cuántas veces sucede el caso de que en un matrimonio bien avenido no se procure tener hijos y sin embargo la esposa resulta embarazada, ¿tendrá por razón de la Constitución un derecho a la maternidad libre que le permita suspender su embarazo? No, no, esto no es así”

Sergio Aguirre Anguiano

‘‘... en esa peculiar, excepcional y dramática situación, si la mujer embarazada da su consentimiento para que se practique el aborto, y fundada y motivadamente se concluye que se llenaron los requisitos, no procederá sancionar a quienes hayan incurrido en la conducta delictiva”

Olga Sánchez Cordero


‘‘El ser humano en gestación tiene garantías individuales incipientes y tiene también una titularidad, es titular de derechos de manera incipiente, estas garantías son las que ya dejó claramente establecidas la Suprema Corte, tiene derecho a la vida porque la Constitución protege a la vida humana y teniendo derecho a la vida, tiene también derecho al nacimiento”

Guillermo Ortiz Mayagoitia

‘‘No podemos decir que despenalizar sea permitir, despenalizar no es propiciar, despenalizar no es fomentar ni alentar, simplemente es de mucha trascendencia, pero de mucha justificación habida cuenta la motivación, no aplicar pena.
La decisión que tomemos no va a fomentar, me queda muy claro, que existan más abortos, ni tampoco los va a disuadir, sí puede evitar en cambio, que muchas mujeres, que de todos modos estarían impunes, si practican el aborto mueran o queden dañadas con motivo de la práctica de un aborto clandestino”

Juan Silva Meza

Carlos Avilés, El Universal, 24 de agosto.


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