Otorgan mayores facultades a funcionarios regionales del INM

La Comisión Federal de Mejora Regulatoria dio luz verde al Instituto Nacional de Migración para que sus delegados regionales, subdirectores y jefes de departamento interpongan denuncias y querellas ante el Ministerio Público por delitos establecidos en la Ley General de Población.

El acuerdo por el que se le otorgan mayores facultades a los funcionarios —signado por la comisionada del INM, Cecilia Romero— señala que la nueva disposición será aplicable a mexicanos o extranjeros de cualquier nacionalidad, incluyendo apátridas, que cometan delitos establecidos en dicha ley, así como otras normas.

La única restricción impuesta a los delegados, subdirectores y jefes de departamento del Instituto Nacional de Migración es que no podrán otorgar el perdón en delitos que se persiguen por querella, atribución que fue reservada para que la ejerza única y exclusivamente el titular de INM.

Se detalla que ante denuncias o querellas que se presenten en el MP por delitos tipificados en la Ley General de Población, el servidor público que conozca de la averiguación deberá asegurarse de la identidad del denunciante o querellante y de su legitimación, pues sólo así podrán tenerse como legalmente acreditadas.

“Las facultades que se delegan en virtud de este acuerdo tendrán la limitante de que sólo podrán ejercerse ante los agentes del Ministerio Público de la Federación que correspondan a la circunscripción territorial de cada delegación del Instituto Nacional de Migración”, se precisa.

Los delegados regionales y locales estarán obligados a remitir trimestralmente a la Coordinación Jurídica del INM un reporte con los datos de identificación de las denuncias o querellas que hayan presentado, además de la información respectiva al seguimiento que realicen a las mismas, lo cual será responsabilidad de los servidores públicos.

En tanto, la Coordinación Jurídica del INM deberá atender las consultas que planteen los servidores públicos de las delegaciones para la adecuada presentación, ratificación y seguimiento de las denuncias y querellas que formulen en ejercicio de la facultad que se les delega.

“Toda vez que el (anteproyecto) aplicará exclusivamente en el ámbito interno del Instituto Nacional de Migración, que no implica costos de cumplimiento para los particulares, la Secretaría de Gobernación puede proceder con la publicación del anteproyecto en referencia”, se establece en el documento.

Con el acuerdo, se detalla, el INM dará cumplimiento al artículo 119 del Código Federal de Procedimientos Penales, que establece que para que se acredite la existencia de la denun cia o querella ante el Ministerio Público de la Federación, el servidor público que conozca de la averiguación deberá asegurarse de la identidad de quien la interponga y de su legitimación para ello.

Susana Hernández, Milenio, 17 de agosto.


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