Descalifican panistas y tricolores proyectos

Senadores de PRI y PAN intercambiaron descalificaciones sobre los proyectos de reforma de justicia que impulsan el tricolor y el Ejecutivo. El priista Fernando Castro, secretario de la Comisión de Justicia, afirmó que la iniciativa del presidente Felipe Calderón “es muy perfectible”, porque contiene propuestas que se ha comprobado que no funcionan, como la coordinación y depuración policiaca.

En tanto, el panista y presidente de la Comisión de Justicia, Alejandro González Alcocer, dijo que más bien la iniciativa priista que presentarán mañana podría tener tintes electorales.

Sobre el paquete remitido por el presidente Felipe Calderón, el priista Castro sostuvo que no se puede impulsar la coordinación de “contentillo” y por ello su partido propone que sea constitucional.

Dijo que la iniciativa de Calderón es una respuesta orientada a partir de versiones parciales, “no podemos seguir con lo mismo ¿Quién va a depurar la policía? Ya llevan dos años y no lo han logrado”.

A su vez, González Alcocer negó que se deje a contentillo la coordinación y negó que la propuesta de Calderón vaya contra la negativa de la Conago, de que los gobiernos locales pierdan facultades en el combate a la delincuencia. Sin embargo, al referirse al proyecto priista, estimó que “hay posicionamientos de los partidos en vista del proceso electoral que viene y por supuesto nadie quiere quedarse atrás”.

Extinción de dominio

Dos días después de que el Ejecutivo anunciara la segunda parte de las reformas penales enviadas al Congreso, el PRI presenta hoy su proyecto de reformas constitucionales y la miscelánea penal, en la que se expide la ley de extinción de dominio, para que en un lapso de 78 días los criminales pierdan todo derecho sobre bienes productos de delitos como: Delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos y trata de personas.

En la iniciativa del PRI se propone la creación de jueces de distrito especializados para agilizar el trámite y se plantea acotar la Ley de Amparo para salvaguardar el interés de la sociedad en estos casos.

Así se impulsará que “no se podrá conceder suspensión provisional del acto reclamado” cuando con ello se interrumpa el procedimiento de extinción de dominio o la ejecución de la sentencia que a éste recaiga.

Se propone que el Ministerio Público pida la extinción por vía de demanda. El juez deberá resolver en un plazo de 72 horas, notificando al demandado; se otorgará un plazo de 10 días para contestar la demanda y para que comparezca todo tercero con interés jurídico en los bienes; en un plazo de 60 días hábiles se celebrará audiencia, habrá 5 días para alegatos y se dictará la sentencia.
Angélica Mercado, Milenio, 2 de octubre.

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