Ordena el Tribunal restituir en el IEDF a Isidro Cisneros

Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la remoción de Isidro Cisneros y ordenó su restitución como consejero presidente del Instituto Electoral del Distrito Federal.

En sesión pública, los magistrados de la sala superior consideraron que la modificación del artículo 125 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, por el que cambió de siete a dos años la duración en el cargo como presidente del IEDF, no se puede aplicar de manera retroactiva.

En su argumento, el magistrado Manuel González Oropeza dijo que la interpretación de la modificación al artículo 125 del Estatuto de Gobierno, realizada el 28 de abril pasado, abre la posibilidad de que el Consejo General del IEDF renueve su dirección, sin embargo, no existe la retroactividad de la norma.

“Por ello la retroactividad que se le aplicó en perjuicio del consejero presidente, pues se le violenta su derecho político a desempeñar el, cargo como consejero presidente, cargo al cual fue expresamente designado por la Asamblea Legislativa años atrás”, dijo.

A su vez, el magistrado Flavio Galván señaló que el principio de inamovilidad es garantía de seguridad jurídica, imparcialidad, autonomía e independencia de los órganos electorales en forma colegiada y para cada uno de sus integrantes, por lo que los cargos no pueden estar al “vaivén” de intereses diversos.

“No puede estar, y lo dije en asunto similar anterior, la designación y permanencia de los funcionarios electorales, de ninguno, pero en especial de los electorales, al vaivén de los intereses, de cualquier tipo que sean”, subrayó.

Galván Rivera apuntó que la inamovilidad en el cargo no implica que no pueda ser sometido a algún tipo de responsabilidad, sin embargo, dijo que para ello está el sistema de responsabilidades y los procedimientos previamente establecidos en la Constitución y el propio Estatuto de Gobierno del DF.

En el mismo sentido, el magistrado Constancio Carrasco Daza expresó que con la sentencia el TEPJF vela por la determinación de la propia ALDF, realizada como un ejercicio en su independencia parlamentaria, de que la duración del cargo de presidente que tenía Isidro Cisneros era de siete años cuando fue electo.

“No podemos, en perjuicio del actor, darle efectos retroactivos en esta norma y creo que en esto radica la esencialidad del proyecto”, recalcó.

Por su parte, la magistrada presidenta, María del Carmen Alanís, se sumó al proyecto de sentencia y afirmó que “existen otras vías para resolver este tipo de conflictos, ya sean las de responsabilidades u otras políticas”, e indicó que el TEPJF se debe constreñir a resolver lo que plantea el litigio y, en ese sentido, “estaríamos ante una aplicación de la ley en perjuicio del hoy actor”.

“El proceso no está en riesgo”

El consejero presidente del Instituto Electoral del Distrito Federal, Isidro Cisneros, indicó que el proceso electoral de 2009 nunca ha estado ni está en riesgo.

Elogió el fallo del TEPJF, que lo restableció como consejero presidente. Consideró que con la resolución, los magistrados del Tribunal protegieron la Constitución mexicana.
Susana Hernández y Notimex, Milenio, 2 de octubre.

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