La Corte analizará “a fondo” quejas de televisoras contra reforma electoral

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio luz verde para resolver, en su momento, sobre la constitucionalidad de las reforma que obliga a las radiodifusoras y televisoras a otorgar cinco minutos mensuales de tiempo oficial como prerrogativa permanente a los partidos políticos nacionales.

Con votación de siete votos contra tres y sin discusión de por medio, la mayoría desechó cuatro recursos de queja presentados por la Cámara de Senadores, la presidencia del Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral (IFE), la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del IFE y la Secretaría Ejecutiva de ese organismo en contra de la decisión de cuatro jueces de distrito que admitieron las demandas de amparo en contra de las modificaciones electorales.

Demandantes
Los demandas fueron interpuestas por el Centro Empresarial Quintana Roo, Televimex SA de CV y Cadena Radiodifusora Mexicana SA de CV (las tres instancias del IFE se inconformaron por el mismo asunto, pero cada una por su lado) y, luego de ser admitidas por los jueces y ser turnadas a la Suprema Corte, fueron también admitidas por el máximo tribunal, lo que motivó los recursos de queja resueltos hoy.

Al igual que en otros amparos en los que el Senado se inconformó por la admisión de los amparos en los que se plantea la inconstitucionalidad de la reforma electoral, la mayoría de ministros decretó que el máximo tribunal tiene facultades para analizar la procedencia de dichos amparos, para lo cual tendrá que analizar “el fondo” del asunto.

Es decir, el hecho de que se admitan las más de 50 demandas de amparo en contra de la reforma electoral, en las que intelectuales, cámaras comerciales y medios de comunicación se quejan de que fue violada su libertad de expresión, no quiere decir que la Corte les haya dado la razón. Simplemente, que el pleno analizará si el procedimiento legislativo que dio vida a la reforma se apegó a la Constitución o no.

Jesús Aranda, La Jornada, 6 de enero.


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