Cita el IFE a Televisa, pero equivocan fecha

La empresa Televisa, a través de su razón social Televimex, SA de CV, concesionaria de las emisoras XEW-TV Canal 2 y XHCG-TV Canal 5, recibió una cédula de notificación del IFE para presentar pruebas y alegatos, pero con fecha de un año antes, esto es, el 10 de febrero del año dos mil ocho (así con letra).

El documento, emitido en el marco del proceso especial sancionador que abrió el IFE por presuntas violaciones a la ley electoral y a la Ley Federal de Radio y Televisión y algunos de sus reglamentos, estaba firmado por el notificador del organismo electoral federal, Marco Vinicio García González.

Las empresas Televisa, Televisión Azteca y Sky fueron citadas hoy, por separado, a audiencias, a las que asiste el secretario ejecutivo y la dirección jurídica por parte del IFE, y los representantes legales por parte de las televisoras, a las 10:00, 11:00 y 12:00 horas.

En los estrados del organismo electoral federal, desde las 15:30 horas de ayer se exhibe la copia de esa cédula de notificación, y el expediente abierto a Televisa, en donde se precisa que, ante la ausencia del representante legal de la empresa -al que se había avisado que acudiría un representante del IFE a las 13.00 horas de ayer- se procedió a entregar la documentación a Andrea Espinoza Lechuga, quien se identificó como gerente jurídico.

La equivocación en la cédula de notificación, ante un caso de incumplimiento de las televisoras y posibles sanciones, que ha tensado las relaciones entre el IFE y las empresas, cayó de sorpresa al equipo jurídico y técnico del organismo.

En los estrados se empezó a ver movimiento de abogados, y algunos de ellos comentaban que el hecho de que hubiera estado un notario público en todos los actos de notificación realizados con las televisoras, podría disminuir un eventual efecto legal de la equivocación.

En el caso de Televisa, el IFE enumera, como posibles infracciones a diferentes ordenamientos legales, el que la transmisión de los spots el 31 de enero y 1 de febrero de 2009, al inicio de las precampañas electorales, haya sido realizada en bloques, interrumpiendo partidos de futbol y con "cortinillas" al inicio y al final, en momentos en que incluso se detectó "sincronización" con Televisión Azteca.

En el expediente exhibido en estrados ante la negativa de recibirlo formalmente el representante legal de Televisa desde ayer, se precisa que tales conductas podrían ser violatorias del artículo 350 párrafo 1, incisos c), d) y e) del Cofipe; el artículo 53 párrafo del Cofipe; el artículo 67 párrafo 1 de la Ley Federal de Radio y Televisión, así como el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión en materia de concesiones, permisos y contenidos de las transmisiones de radio y televisión.
Guadalupe Irízar, Reforma, 11 de febrero.


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