IFE proyecta multa de 11 mdp a las televisoras

Por “manipular” las pautas de difusión de propaganda de los partidos políticos, la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral (IFE) propondrá una multa de 7 millones de pesos para Tv Azteca y 4 millones a Televisa, señalan los dictámenes obtenidos por EL UNIVERSAL.

Además, las autoridades electorales darán “vista” de este fallo y de todas las actuaciones a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) de la Secretaría de Gobernación, “para los efectos de su competencia”, se indica.

En ambos casos, la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral encontró violaciones a la base III párrafo segundo del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al séptimo párrafo del artículo 134, también de la Carta Magna así como al 350 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

“Estamos ante conductas que en lo individual y en su conjunto generan una operación, manoseo e intervención indebido en la propaganda electoral de los partidos políticos”, advierten los dictámenes del Instituto Fedelal Electoral.

Según el proyecto del IFE, se multará a Tv Azteca con un millón de pesos por canal (7 y 13), al no transmitir las pautas de propaganda conforme a lo acordado; tres millones de pesos por “reincidencia” y 2 millones de pesos por no enviar los spots al de televisión restringida SKY.

Conductas

En el dictamen se especifican las conductas cometidas por las dos televisoras: transmitir en bloque la totalidad de los promocionales pautados por hora; inserto de cortinilla al iniciar y finalizar el bloque transmitido.

Los bloques se transmitieron justo en el cambio de la hora; es decir, se juntó la hora previa con la siguiente, de tal manera que se transmitieron hasta seis minutos continuos y de forma sincronizada con otros canales de televisión.

Durante las actividades deportivas se interrumpió la transmisión de manera tal que los spots pautados truncaron los eventos. Todo esto implica, señala el dictamen, la manipulación de la transmisión y del contexto de los mensajes.

Con ello, altera o distorsiona el sentido original de los mismos, toda vez que obstaculizaron que la propaganda electoral cumpla con finalidades como promover el voto (en el caso del IFE) o la obtención del voto (por lo que respecta a los partidos).

“Las conductas mencionadas no fueron hechos aislados o casuales”, advierte el dictamen; corrieron “por cuenta propia” y provinieron de la libre determinación de ambas televisoras.

Las acusa de “operar, intervenir y manejar” la propaganda de los partidos. Manipulación que innegablemente buscó alterar esa vía de comunicación entre los partidos políticos como entidades de interés público y la ciudadanía, señala.

“…Si así fuera en la práctica, entonces previo a cada anuncio de Coca Cola, la televisora aclararía: “este anuncio se emite en cumplimiento con el contrato firmado con Coca Cola FEMSA”; o cada vez que emitiera un promocional del Gobierno tendría que señalar que es “en cumplimiento a su derecho constitucional de disponer de los tiempos del Estado en radio y televisión”, ilustra el documento.

A la empresa Televimex SA de CV, (Televisa), se propone aplicarle una multa de 2 millones 90 pesos por cada canal (XEW-TV Canal 2 y XHGC-TV Canal 5 emisores de la concesionaria), para totalizar 4 millones 180 pesos de multa.

Se consideran además conductas de “gravedad mayor” ya que las mismas tuvieron como finalidad infringir de forma directa los objetivos tutelados; es decir, no transmitió los anuncios de los partidos políticos conforme a las pautas aprobadas por el IFE

En el caso de SKY, se consideró infundado el inicio de procedimiento sancionador, por no ser el responsable directo de los spots; éstos no le fueron enviados por TV Azteca.
Jorge Octavio Ochoa, El Universal, 13 de febrero.

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