IFE y tv alcanzan acuerdo

El Instituto Federal Electoral (IFE) y la Cámara de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT) firmaron un convenio para poner fin a la polémica desatada con TV Azteca y Televisa por el manejo irregular de spots de propaganda política tras su difusión en bloque durante los juegos de futbol.



Esto implica que dejarán de transmitirse los mensajes en bloques de tres minutos seguidos y de manera concertada en todos los canales de dichas televisoras.



El acuerdo no frena el procedimiento sancionador iniciado contra las televisoras ni otras averiguaciones por la suspensión de los spots que debieron transmitirse el fin de semana.



Entre los puntos más importantes firmados en el convenio de colaboración, destaca que el IFE emitirá criterios para evitar la interrupción de eventos deportivos, culturales o religiosos que por su propia naturaleza exijan continuidad en su transmisión o bien, aquellos que por su carácter extraordinario y/o imprevisto requieran de continuidad.

Ambas partes acordaron que para proteger los intereses del público infantil y juvenil, el IFE establecerá —con el apoyo técnico de la CIRT— los criterios de clasificación de contenidos de promocionales a efecto de que los partidos estén en condiciones de orientar sus mensajes a los públicos correspondientes en cada horario de transmisión.





Antes, tras comparecer en el IFE, Televisa y TV Azteca habían rechazado haber violado alguna disposición legal en la transmisión de spots.



Alejandro Bustos, representante legal de Televisa, dijo que no hay ningún elemento para sancionar. Dijo que la defensa de la empresa se hizo conforme a ley y “se está a la espera de la resolución” del IFE.

El litigio

Conforme al acuerdo que el Secretario Ejecutivo del IFE, Edmundo Jacobo, notificó a las televisoras, se conoció que fueron tres las presuntas violaciones alrededor de las cuales el instituto enfoca su estrategia legal.

La primera, “el incumplimiento, sin causa justificada, de su obligación de transmitir los mensajes y programas de los partidos políticos, y de las autoridades electorales, conforme a las pautas aprobadas por el instituto”. Sin embargo, los concesionarios prevén que ese argumento podrá ser desvirtuado al demosrar que sí transmitieron los mensajes en el orden y dentro del rango horario que el IFE instruyó.

El segundo agravio detectado es “la manipulación o superposición de las propaganda electoral o los programas de los partidos políticos con el fin de alterar o distorsionar su sentido original o denigrar a las instituciones, a los propios partidos, o para calumniar a los candidatos.”.

Aquí el IFE deberá demostrar la intencionalidad, la manipulación o superposición que hayan efectuado las televisoras sobre los mensajes.

La tercera violación aducida es “el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en este código” y está construida utilizando la figura de las supletoriedad de la Ley Federal de Radio y Televisión.

Ahí las televisoras consideran que “el IFE pretende acreditar violaciones a la ley de radio y televisión, pero con base en cita de artículos incompletos, que son leídos íntegramente y en forma armónica con otros que no cita, como por ejemplo, el artículo 59 de la propia ley , que dice que los 30 minutos de tiempos de estado que las televisoras están obligadas a otorgar de manera gratuita —que son los que la Constitución prevé para ser usados por el IFE— podrán ser “continuos o discontinuos”. (Con información de Notimex)
Jorge Octavio Ochoa, EL Universal, 12 de febrero.

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