IFE notificará faltas graves de radio y tv

Hoy entran en vigor reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión que sólo permiten al Instituto Federal Electoral (IFE) dar aviso a la autoridad responsable sobre irregularidades o infracciones graves que cometan concesionarios y permisionarios al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

Ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Federal de Radio y Televisión.


El cambio al artículo 107 de la Ley Federal de Radio y Televisión precisa que el IFE sólo podrá “escuchar” a los concesionarios, y notificar, en este caso, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.


“En caso de que el Instituto Federal Electoral considere que se han cometido infracciones graves y sistemáticas en los términos que establece el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para los concesionarios y permisionarios, su Consejo General, habiendo escuchado al concesionario o permisionario, dará cuenta a la autoridad competente para los efectos correspondientes”, señala el artículo 107.

Protesta de medios

En febrero se desató un debate por la difusión de spots del IFE, porque las televisoras decidieron transmitirlos en medio de programas deportivos, como partidos de futbol, lo que generó descontento.

Cuando el IFE intentó hablar con las televisoras —con la mediación de la Secretaría de Gobernación (Segob)—, los consorcios precisaron al IFE que en caso de que las sancionara recurrirían al amparo, ya que el Cofipe no es el marco regulador de los medios electrónicos, sino la Ley Federal de Radio y Televisión.


La reforma a diversos artículos se llevó a cabo en el Congreso, pero el presidente Felipe Calderón la regresó porque hallaron dos sanciones diferentes para un mismo hecho.


Finalmente los legisladores hicieron el ajuste a través de introducir un nuevo artículo, el 64 bis, en la Ley Federal de Radio y Televisión, en el que quedó estipulado que “los concesionarios y permisionarios de radio y televisión no podrán transmitir programas, mensajes o cualquier otro material que contravenga lo dispuesto por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y que la infracción a esta norma será sancionada en términos de lo dispuesto en el Libro Séptimo de dicho Código”.
Jorge Ramos Pérez, El Universal, 20 de junio.

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