Solicitan revisar el caso de Jacinta

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la Procuraduría General de la República (PGR), después de concluir que ésta acusó a las indígenas Jacinta Francisco Marcial, Alberta Alcántara Juan y Teresa González Cornelio con base en testigos falsos y en testimonios “de oídas”.

Por este motivo, la CNDH en su recomendación 47/2009 le pide al procurador general de la República, Eduardo Medina Mora, que gire instrucciones para que el Órgano Interno de Control en la PGR y la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos cometidos por Servidores Públicos investiguen al personal involucrado en este caso.

También solicita iniciar una averiguación previa por tratarse de irregularidades graves que pueden trascender al resultado del fallo definitivo en el proceso penal 48/2006 que se sigue a las agraviadas en el juzgado cuarto de distrito en el estado de Querétaro.

Las circunstancias aludidas por la comisión —sin contar con que los tres agentes federales que dijeron haber sido retenidos por las indígenas son los mismos que fueron comisionados para investigar el caso— en opinión de la comisión, impiden la busca imparcial de la verdad histórica y jurídica de los hechos.

Sin embargo, la CNDH omitió pronunciarse sobre las condenas del juez del caso; explicó que no son del ámbito de su competencia el supervisar actuaciones de impartidores de justicia.

En el caso de Jacinta Francisco Marcial, Alberta Alcántara Juan y Teresa González Cornelio, la CNDH considera que se vulneraron sus derechos a la legalidad, la seguridad jurídica y la procuración de justicia con actuaciones irregulares de un agente del Ministerio Público de la Federación y miembros de la que fuera Agencia Federal de Investigación de la PGR.

Esto último, agrega, porque al ratificar su parte informativo rendido en las comparecencias ministeriales, los agentes señalaron que en su retención participaron directamente, además de las agraviadas, tres o cuatro personas más, de las que dieron rasgos fisonómicos y de vestimenta; además, señalaron que de verlas, las reconocerían.

Sin embargo, el representante social en ningún momento buscó verificar la identidad de esas probables responsables ni practicó peritajes como retrato hablado o foto, con el fin de girar la orden de presentación correspondiente.

La comisión recordó que recibió la queja el 26 de marzo de 2006 en Santiago Mexquititlán, municipio de Amealco de Bonfil, Querétaro, donde agentes federales de investigación adscritos a la PGR efectuaron un deficiente e irregular operativo que dañó los bienes de comerciantes, quienes exigieron ser resarcidos.

A cinco de los seis agentes involucrados se les permitió retirarse y sólo quedó uno de ellos con los comerciantes y sus compañeros dijeron que obtuvieron 70 mil pesos para cubrir los daños. Los agentes de la PGR denunciaron entonces ante el agente del Ministerio Público federal que fueron retenidos ilegalmente por comerciantes y pobladores de la comunidad, sin identificarse ni aportar datos personales o de registro en dicha procuraduría, necesarios para su localización en todo momento procesal.

Esta irregularidad del agente ministerial dejó en indefensión a las agraviadas, pues a la fecha no ha sido posible el careo de las procesadas con el denunciante que les imputó varios delitos; eso trajo como consecuencia la nula posibilidad de que establecieran una defensa jurídica adecuada para establecer su inocencia.
Ruth Rodríguez, El Universal, 20 de julio.

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