El ministro Sergio Valls Hernández emitió un acuerdo en el que determina "desechar de plano" las controversias bajo el fundamento de que los gobiernos estatales referidos carecen de interés legítimo para promover dichos recursos.
Se trata de una mala noticia para la Procuraduría General de la República (PGR), ya que la acción de inconstitucionalidad con la que pretende echar abajo la reforma aprobada por la Asamblea Legislativa del DF tiene como uno de sus argumentos centrales el mismo alegato que expresaron los estados y que ayer fue desechado.
El acuerdo dictado por el ministro Valls detalla que los gobiernos de Guanajuato, Morelos y Tlaxcala manifestaron que permitir las bodas entre personas del mismo sexo en el DF implica una "invasión" a la competencia y jurisdicción de las otras entidades federativas.
Justificaron esa afirmación remitiéndose al artículo 121 constitucional, que obliga a los estados de la República a dar fe y crédito a los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de las otras entidades.
Valls desestimó el argumento.
"Contrario a lo que afirma el actor, la ley impugnada no le impone ningún 'deber jurídico', sino que el citado artículo 121 constitucional obliga al reconocimiento de validez de un acto del estado civil, un aspecto totalmente diverso, de modo que no se trata de un problema de invasión de competencias estatales", concluyó.
"Por consiguiente, un estado no está legitimado para controvertir dichas leyes, vía controversia constitucional, por estimar que no son conformes con la Constitución, sino únicamente cuando ello se traduzca en una afectación competencial, más no porque su contenido o la normativa en sí misma no le parezca constitucional".
Para Valls, si en principio no existe agravio al ámbito de competencia de un estado, en consecuencia tampoco existe la posibilidad para que promueva una controversia constitucional para defender derechos de tutela individual, en este caso del estado civil de las personas.
En su acuerdo, el ministro recuerda además que el artículo 124 constitucional establece con claridad que las cuestiones civiles son de la competencia de las entidades federativas y que cada una de ellas es libre para regularlas.
El PAN anunció a principios de semana que cinco estados con gobiernos de ese partido presentarían controversias contra las llamadas bodas gay, que a mediados de marzo entrarán en vigor en la Ciudad de México.
Se espera que la próxima semana el ministro Valls resuelva si admite o no a trámite la controversia de Sonora, mientras que en el caso del recurso de Jalisco la SCJN todavía no confirma si efectivamente ya fue presentado.
Al mismo tiempo, está pendiente de resolver la acción de constitucionalidad que promovió la PGR. El proyecto fue encargado al propio Valls.
Referencia
El artículo 121 constitucional, centro del debate jurídico sobre matrimonios entre personas del mismo sexo, establece que:
· En cada estado de la Federación se dará entera fe y crédito de los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todos los otros.
· Las leyes de un estado sólo tendrán efecto en su propio territorio, y, por consiguiente, no podrán ser obligatorias fuera de él.
· Los actos del estado civil ajustados a las leyes de un estado tendrán validez en los otros.
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