La dependencia que encabeza Javier Lozano aseguró que la figura del pago por hora de servicio ya está dispuesto en la ley vigente, pues el artículo 83 señala que el salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera.
“El desconocimiento de la iniciativa ha provocado críticas, pues se ha considerado que esta modalidad de pago cancela el derecho de los trabajadores a percibir prestaciones laborales y de seguridad social y que incluso precariza las condiciones de trabajo”.
Sin embargo, para la dependencia, dichas opiniones carecen de validez, pues la reforma no limita las prestaciones laborales de los trabajadores ni pretende privar de la seguridad social a éstos.
Además, es posible contratar a alguien bajo el esquema de pago por hora, como a los actores y músicos o el trabajo en las universidades e instituciones de educación superior, lo cual se encuentra estipulado dentro de la ley.
México • Mariana Otero-Briz, Milenio, 26 de abril.
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