Defiende ministra freno a 'apagón'

La suspensión del decreto Presidencial para adelantar la transición a la televisión digital no causará daños a la sociedad ni afectará la economía ni la seguridad nacionales, afirmó la ministra Olga Sánchez Cordero.

La Suprema Corte de Justicia frenó el miércoles la entrada en vigor de esas medidas, ante controversias promovidas por las dos cámaras del Congreso.

Sánchez Cordero consideró que con la suspensión no se afecta ni a las empresas del sector ni a los televidentes, y que la medida es válida para mantener las cosas en el estado en que se encuentran mientras la Corte resuelve sobre la legalidad del decreto, publicado el 2 de septiembre por el Presidente Felipe Calderón.

"No se trastocan las condiciones actuales en que vienen operando tanto los concesionarios como los permisionarios de los medios de comunicación a que se refiere el decreto impugnado, por lo que no existe impacto en esos rubros.

"La salvaguarda del interés social está garantizada en la medida que podrá seguir teniendo acceso a las señales que emitan los concesionarios y permisionarios de televisión, en la modalidad analógica, hasta en tanto se resuelva sobre el fondo de la presente controversia constitucional", dice la resolución de la ministra.

El decreto de Calderón pretende adelantar a 2015 el llamado "apagón analógico", y para ello, dictó órdenes expresas a la Comisión Federal de Telecomunicaciones y creó una Comisión Intersecretarial para la Transición Digital.

El punto técnico clave para la suspensión, sin embargo, fue el criterio de la ministra en el sentido de que el decreto no es una norma general -como una ley o reglamento-, sino un acto administrativo.

Lo anterior es relevante porque la Suprema Corte no puede suspender la vigencia de normas generales que son impugnadas en una controversia de este tipo, pero sí puede frenar otros actos de gobierno.

"(El decreto) no guarda las características propias de una norma general, es decir, no es abstracto e impersonal, en la medida en que no refiero un número indeterminado e indeterminable de casos, ya que fue expedido con un objetivo específico: establecer los lineamientos para concretar la conversión del sistema análogo al digital", resolvió Sánchez Cordero.

El Ejecutivo tiene diez días para impugnar la suspensión, mediante un recurso de reclamación que será revisado por el pleno o por una de las salas de la Corte.

En cuanto al fondo de las controversias, no hay plazos fatales para que Sánchez Cordero tramite el juicio, que además podría retrasarse si la ministra acepta recibir pruebas periciales y otros elementos técnicos antes de redactar su proyecto de sentencia.

La experiencia previa en esta clase de juicios indica que la Corte podría resolver en el segundo semestre de 2011, aunque el caso corresponde al pleno, que tiene una larga agenda de casos relevantes pendientes.
Víctor Fuentes, Reforma, 22 de octubre.

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