De aprobarse la iniciativa, los nuevos jueces podrán modificar o declarar extintas penas o medidas de seguridad para garantizar los derechos de un sentenciado.
También podrán decidir sobre la libertad preparatoria de los militares procesados y comunicar a la autoridad penitenciaria la libertad inmediata por extinción de la pena o por indultos concedidos por el Ejecutivo federal.
Los jueces resolverán las solicitudes de reducción de penas y podrán pronunciarse porque la sanción cese cuando se cumpla el término de la sentencia.
"Resolver en audiencia pública, de oficio o a petición de parte, las propuestas de las autoridades penitenciarias o solicitudes de reconocimiento de beneficios que supongan una modificación en las condiciones del cumplimiento de la condena o una reducción del tiempo de privación efectiva de la libertad", se encuentra entre las facultades previstas.
Para ello, deberán verificar que el daño haya sido reparado.
Por otro lado, los juzgadores podrán dejar sin efecto una sentencia condenatoria y ordenar la libertad del militar cuando una ley elimine un delito.
Los jueces podrán inspeccionar el lugar y las condiciones en las que los elementos cumplirán sus penas. Ejercerán control sobre las sanciones disciplinarias aplicadas a los militares y controlarán la forma en que se cumplen las medidas de seguridad.
Según la iniciativa, los jueces podrán ordenar la modificación o el cese de dichas medidas si así lo ameritan los informes de las áreas terapéuticas responsables del cuidado, tratamiento y rehabilitación de los presos.
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