Luego de ocho meses de análisis y negociaciones, los diputados cambiaron, previo consenso con los senadores, cancelar la facultad de investigación que se había otorgado a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, CNDH, y que se había quitado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Se argumenta que la CNDH no es autoridad ministerial para investigar las violaciones a las garantías individuales, tal como lo hace la Corte.
Para salvar la reforma y mantener los acuerdos entre ambas Cámara del Congreso, se convino establecer en el artículo 102 de la Constitución que la CNDH podrá investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, alguna Cámara del Congreso, el gobernador de un Estado, el jefe de Gobierno del DF o las legislaturas locales.
Sin embargo, se precisa que el desarrollo y el desahogo del procedimiento corresponderá al Consejo Consultivo de la Comisión, cuya decisión se adoptará por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes.
Si se acredita que hubo tal violación grave a los derechos humanos, corresponderá al órgano autónomo presentar denuncias ante la autoridad competente.
Se espera que en la sesión de este día se le dé primera lectura al dictamen, para que mañana miércoles sea discutido en el pleno.
En la definición del capítulo primero de la Constitución, llamado ahora De los Derechos Humanos y sus garantías, se hizo un agregado sobre los derechos sexuales.
En el párrafo donde se precisa que queda prohibida toda discriminación por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, el estado civil o cualquier otra, se añadió el referente a las preferencias sexuales.
Diputados y senadores se enfrascaron estos meses en una discusión sobre el procedimiento a seguir, lo que detuvo la minuta.
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