Facultan diputados a CNDH para hacer investigaciones

Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó reformas constitucionales que amplían las facultades de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, con lo que podrá investigar violaciones graves y presentar las denuncias ante la autoridad competente.

Con 361 votos a favor, los legisladores avalaron reformas a 11 artículos de la Constitución, entre las que se especifica que las investigaciones que realizará la CNDH a violaciones graves serán cuando la propia defensoría lo juzgue conveniente, o bien a solicitud del Ejecutivo federal, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, el gobernador de un estado, el jefe de gobierno capitalino o las legislaturas de las entidades federales.

El desarrollo y desahogo del procedimiento de la investigación corresponderá al Consejo Consultivo, cuya decisión se adoptará por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes y ninguna autoridad podrá negar la información que le requiera.

Lo anterior fue una de las modificaciones que los diputados realizaron a la minuta que recibieron del Senado en abril pasado, que atribuía dicha facultad únicamente al presidente de la CNDH.

Otro de los cambios consiste en que el capítulo uno Título Primero de la Constitución será “De los derechos humanos y sus garantías”.

Ahora se obligará a los servidores públicos a que justifiquen su negativa a aceptar las recomendaciones de la CNDH, con lo que deberán hacer público su rechazo, además el Senado, o en sus recesos la Comisión Permanente o las legislaturas de los estados, podrán llamar a comparecer al servidor público.

De acuerdo con las reformas, la publicidad permitirá que la sociedad conozca y esté pendiente de la aceptación de las recomendaciones y ahora se podrá investigar casos laborales como violación a los derechos humanos.

Adicionaron que en caso de que se restrinja o se suspenda en algún lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías de ninguna manera podrá restringirse ni suspenderse el hecho “de profesar creencia religiosa alguna”.

Los decretos expedidos por el Ejecutivo durante la restricción o suspensión de garantías serán revisados de oficio e inmediatamente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que deberá manifestarse con la mayor prontitud sobre su constitucionalidad y validez.

Los tratados internacionales en materia de derechos humanos adquieren rango constitucional; adicionalmente queda prohibida la discriminación por “las preferencias sexuales” y el estado civil”.

México • Elba Mónica Bravo y Fernando Damián, Milenio, 16 de diciembre.

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