La decisión de los integrantes del Pleno de la Comisión Federal de Competencia (CFC) provocó diversas reacciones entre los integrantes. Esta semana, el presidente del órgano antimonopolio envió una carta a integrantes del Pleno, en la cual aseguraba que el criterio de recusación por el cual se le excluyó de participar en la revisión para multar a Telcer por casi 12 mil millones de pesos, es erróneo y que este recurso no está entre los impedimentos que establece el marco normativo de dicho órgano regulador.
Como respuesta a estas aseveraciones, ayer los comisionados Miguel Flores Bernés y Luis Alberto Ibarra distribuyeron una carta en la cual dieron detalles sobre el por qué de la decisión para que el presidente de la Comisión de Competencia no participara en el proceso relacionado con Telcel y la multa que se había originado previamente.
Según el escrito, los comisionados dicen que no han recibido la carta del presidente de la CFC como se publicó en diversos medios de comunicación.
Coincidieron en señalar que las decisiones que se toman en el Pleno de la Comisión responden sólo a las convicciones personales de cada comisionado, sin atender a presiones o tentaciones de ninguna clase, en un sentido u otro de la decisión, como lo expuso en su carta Eduardo Pérez Motta.
Recusacion con fundamento
Detallaron que el criterio de recusación utilizado está fundamentado en el artículo 26 de la Ley Federal de Competencia Económica y en el artículo 40 del Reglamento Interior de la CFC. “El objeto del procedimiento es determinar si se actualiza o no alguna de las causas previstas en este último artículo por las que se impediría a un comisionado conocer y votar sobre determinado asunto”, dijeron los comisionados.
Agregaron que no es la primera vez que se tramita un incidente de recusación. “Como en ocasiones anteriores, los aspectos no previstos en la ley o en el reglamento se fundamentan, de manera supletoria, en el Código Federal de Procedimientos Civiles (artículo 34 bis de la LFCE)”.
Los comisionados explicaron que la causa de la recusación no fue el hecho de explicar o sostener una posición pública respecto a una resolución emitida y notificada de la CFC (la que impuso la multa). El problema fueron las declaraciones públicas sobre la posición personal de un comisionado respecto a los argumentos que la empresa sancionada o su abogado presentarían en el recurso de reconsideración (que aún no se ha resuelto). (Redacción)
El Universal, 30 de junio.
Comisionados validan proceso de recusación
CFC, Telcel, Telefonía Medios México miércoles, 6 de julio de 2011 0 comentarios
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