El nuevo dictamen para reformar la Ley de Seguridad Nacional ignoró la exigencia de eliminar el concepto de "seguridad interior" que, según organizaciones ciudadanas y de derechos humanos, permite al Presidente excederse en las facultades que le otorga al Ejército en las calles.
La figura jurídica denominada "Declaración de Existencia de una Afectación a la Seguridad Interior" prevista en esa propuesta de reforma, permite la participación de las fuerzas armadas en eventos como sublevación en una entidad federativa, agresiones contra autoridades del Consejo Nacional de Seguridad o actos que pongan en peligro el orden, la paz o la seguridad pública de un municipio, estado o región.
La semana pasada, tras dos semanas de consultas y foros sobre esa reforma, un grupo de organizaciones suscribieron una carta para hacer una lista de peticiones sobre el contenido del dictamen.
"Deberá dictaminarse en sentido negativo todo lo relativo al concepto de seguridad interior, lo cual incluye el desechamiento del mecanismo de atención a las afectaciones de la seguridad interior y las facultades previstas para las Fuerzas Armadas o el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) que se encuentren relacionadas al concepto de Seguridad Interior", establecía el texto.
Sin embargo, el nuevo dictamen dado a conocer por la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, señala que el concepto permanece en el dictamen y que incluso se creó un título específico de 10 artículos para definirlo y establecer cómo actuarán las diferentes autoridades.
En cuanto a la definición del concepto, expertos habían señalado que si bien la seguridad nacional remite a amenazas externas, también es viable que las amenazas provengan de las fuerzas del crimen organizado que están en el interior, pero que ello podía traslaparse con la seguridad pública que es responsabilidad de las autoridades civiles y no de las militares.
Los activistas enfatizaban que para garantizar la seguridad pública existen cuerpos policiacos específicos.
"El proyecto hace una reunión de la seguridad nacional con la pública, creando una zona gris en la cual los criterios de procedencia son poco claros", señalan los comentarios de los diputados de la Comisión de Gobernación sobre el dictamen que "corrigieron".
"La opinión de los especialistas fue importante en relación a la naturaleza de la seguridad interior para que sea específica en la minuta proyecto de decreto", puntualizan en el documento.
"Se adiciona a esta Ley de Seguridad Nacional un Título Séptimo denominado 'Seguridad Interior' en el que se adicionan 2 capítulos y 10 artículos, en los cuales se norman los supuestos, así como el procedimiento y las autoridades que intervienen cuando se ve afectada la Seguridad Interior", dice el resumen ejecutivo del proyecto de dictamen, que ya se entregó a las diferentes bancadas.
Según ese documento, Seguridad Interior se define como "la condición de estabilidad interna, paz y orden público que permite a la población su constante mejoramiento y desarrollo económico, social y cultural; y cuya garantía es una función que está a cargo de los tres órdenes de gobierno".
Claudia Salazar y Armando Estrop, Reforma, 10 de julio.
Ignoran a las ONG en Ley de Seguridad
Cámara de Diputados, Reforma de Seguridad Medios México domingo, 10 de julio de 2011 0 comentarios
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