Al sostener la necesidad de que se aprueben las reformas a la Ley de Seguridad Nacional, el subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, Rubén Fernández Aceves, destacó que ahí se contienen los “límites y facultades” para la actuación de las fuerzas armadas contra el crimen organizado, y se evitará también que sean utilizadas para fines distintos desde el propio Ejecutivo.
En entrevista con MILENIO, advirtió que de no aprobarse esas modificaciones legislativas, la situación se tornará “delicadísima”, porque lo más probable es que la presión de actuar sin una base suficientemente sólida haga que las fuerzas armadas “no puedan hacer nada en las calles o que se vayan al otro extremo”, y lo que realicen se considere ilegal.
El funcionario consideró que la falta de esa reforma puede dificultar la gobernabilidad para cualquiera que se encuentre en la Presidencia de la República, ya que esa ley también regula en parte las facultades del primer mandatario.
Cualquier partido y aspirante a candidato, planteó, tendría interés en que haya reglas para el ejercicio de esta atribución, que es muy delicada.
Y alertó que “en el pasado pudo haber algún Presidente que decidiera utilizar las fuerzas armadas para fines distintos a la seguridad nacional, en el futuro también puede suceder”.
En sus oficinas de Bucareli, Fernández Aceves explicó que “quedarnos como estamos” en este tema, significa que el Presidente de la República puede disponer de la fuerza armada permanente, “sólo colgándose de la Constitución, sin reglas, sin supuestos, sin hipótesis, sin garantías especiales para los gobernados, nada”, ya que sólo se establece que puede usar la fuerza armada permanente para atender afectaciones a la seguridad interior.
Con las reformas a la Ley de Seguridad Nacional, expuso, se obliga la emisión de una declaratoria pública, en la cual el gobierno tendrá que especificar para una acción el tamaño de destacamento, tiempo de duración, límite geográfico, funciones específicas concretas, por lo cual este es uno de los temas más importantes que se promueven con esas modificaciones.
Otro punto de importancia es un catálogo de atribuciones de las fuerzas armadas, en el supuesto de que se emita una declaratoria y deban intervenir en una afectación a la seguridad interior.
El subsecretario explicó que esto significaría la base legal que permita a las fuerzas armadas actuar en las calles, pero al mismo tiempo ponerles límites y despejar interrogantes como “¿hasta dónde pueden moverse?, ¿pueden meterse a las casas o no?, ¿pueden hacer cateos o no?, ¿qué hay con los retenes?, ¿pueden entrevistar personas?, ¿pueden detener?”, entre otras.
México. Mauricio Pérez, Milenio, 23 de junio.
Segob: no aprobar ley de seguridad, “delicadísimo”
Cámara de Diputados, Reforma de Seguridad, Segob Medios México sábado, 23 de julio de 2011 0 comentarios
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