Propone ministro invalidar ley de BC

La Suprema Corte de Justicia inició ayer el debate sobre la protección a la vida desde la concepción, con la propuesta radical de uno de los ministros para evitar totalmente ese tema. El ministro Luis María Aguilar propuso al pleno de la Corte no pronunciarse sobre el contenido de la reforma de 2008 al artículo séptimo de la Constitución de Baja California, que otorgó a los no nacidos todos los derechos de una persona. Para Aguilar, la Corte debe limitarse a aclarar si los estados pueden generar en sus constituciones derechos fundamentales que no están previstos en la Constitución federal. Su respuesta es que no, por lo que la reforma del estado de Baja California tendría que invalidarse, no por atentar contra los derechos de las mujeres, sino porque la Legislatura local fue más allá de sus atribuciones. Aguilar fue uno de los dos ministros que hicieron uso extensivo de la palabra durante una sesión de poco más de dos horas efectivas, que terminó con el consenso de que, en vez de subdividir la discusión en temas parciales, los ministros podrán expresarse con libertad en sus intervenciones del resto de la semana. El único punto resuelto hasta ahora, por unanimidad y sin discusión, es que la reforma no violó reglas de procedimiento previstas para hacer cambios a la Constitución de Baja California, como alegó el ombudsman de esa entidad en su demanda. "El contenido y alcance de los derechos humanos debe ser la misma para todos y tener una sola interpretación, ya que sólo así se garantiza su aplicación indiscriminada a toda persona", dijo Aguilar, quien recordó que la sentencia que dicte la Corte en nada afectará al Código Penal de Baja California, que es el que tipifica el aborto como delito. Agregó que las constituciones estatales sólo pueden establecer la instrumentación operativa de las garantías previstas a nivel federal, pero no crear otras, pues esto lleva a un sistema federal "desarticulado y caótico", donde basta con cruzar la frontera de un estado a otro para que cambien la definición de la vida. No está claro si la propuesta de Aguilar será votada, pues supondría abandonar la metodología del proyecto del ministro Fernando Franco, que para llegar a la invalidez de la reforma parte de la premisa de que el producto de la concepción no es una persona, sino un bien jurídico, y reflexiona sobre los derechos de la mujer a la libertad reproductiva. "La Constitución no establece que los no nacidos sean personas, individuos o sujetos jurídicos o normativos y sólo los reconoce como bienes jurídicamente protegidos, por más que califiquen como pertenecientes a la especie humana", dice el documento. Como se esperaba, el ministro Salvador Aguirre se lanzó contra el proyecto, y afirmó que el producto de la concepción no es un bien -como en el pasado se consideraba a los esclavos-, sino está protegido por la Constitución y múltiples tratados, ninguno de los cuales otorga a las mujeres el derecho de abortar. "El proyecto plantea, a mi parecer equivocadamente, una supuesta colisión entre el derecho a la vida y los -pongo entrecomillado- 'derechos de las mujeres', claro que los tiene y muchos, pero no éstos", dijo. En una larga intervención, Aguirre consideró que la Corte debe partir de una presunción de constitucionalidad de la reforma de Baja California, a la que describió como meramente declarativa, y por tanto buscar una "interpretación conforme" que no lleve a la invalidez, sino a su armonización con la Carta Magna. Aguirre fue de la minoría que en agosto de 2008 votó contra la despenalización del aborto en el DF. El otro es Guillermo Ortiz. La Corte tiene tres integrantes que llegaron a partir de diciembre de 2009. Para invalidar la reforma de Baja California, y otra similar de San Luis Potosí, se requiere el voto de al menos 8 de los 11 ministros. La ley dice textual... Constitución Política del Estado de Baja California Artículo 7. El estado de Baja California acata plenamente y asegura a todos sus habitantes las garantías individuales y sociales consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los demás derechos que otorga esta Constitución; de igual manera esta norma fundamental tutela el derecho a la vida, al sustentar que desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o no inducida. (Reformado en diciembre de 2008.) Víctor Fuentes, Reforma, 27 de septiembre.

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