Sin fundamentos queja de los perredistas contra Luisa María Caderón

El Consejo General del IFE declaró infundada la queja en contra de la candidata del PAN a la gubernatura de Michoacán, Luisa María Calderón, presentada por el PRD, que consideró realizó un acto de propaganda electoral. El PRD señaló que la hermana del presidente Felipe Calderón incurrió en contratación y adquisición de propaganda político electoral en televisión, particularmente en los programas de televisión “Hoy” y “Hechos AM”, con cobertura en el estado de Michoacán. Sin embargo, el IFE determinó que tal procedimiento es infundado ya que los hechos denunciados pueden calificarse dentro del género periodístico como reportaje, el cual “es producto del trabajo cotidiano de una empresa cuyo perfil tiene que ver con la difusión de información relacionada con las labores cotidianas de la ahora denunciada, y en el caso a estudio, se refiere que la denunciada informa a la ciudadanía sobre sus actividades a consecuencia de las entrevistas e invitación realizadas por los conductores de dos televisoras”. También señala que los hechos denunciados se encuentran amparados en el derecho de libertad de expresión y en el ejercicio de la actividad periodística, por lo que, siguiendo el criterio emitido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, “la autoridad electoral colige que las entrevistas de marras fueron realizadas en un genuino ejercicio de un género periodístico”. Ante esta determinación, el representante del PRD ante el Consejo General del IFE, Eleazar Márquez, expresó su inconformidad. “Nosotros consideramos que no se valoraron los argumentos y las pruebas que presentamos, así como los alegatos, toda vez que Luis María de Guadalupe Calderón Hinojosa participó en dos programas de televisión, que no fue sólo un ejercicio de libertad de expresión, sino para nosotros es producto adquirido que ya ha sido discutido en muchas ocasiones en esta mesa. “Evidentemente, ese producto integrado es propaganda adquirida y violenta lo dispuesto en el Artículo 41, base tercera, apartado A, párrafo tercero, de la Carta Magna, así como lo dispuesto por el numeral 49, párrafos tercero y cuarto del código comicial federal”. En tanto, el también representante del PRD ante el IFE, Pablo Gómez, dijo que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, “va a tener que entrar a ver si sus criterios encuadran o no encuadran en esta apreciación que se está haciendo en este proyecto para declarar infundada esta queja”. Blanca Estela Botello, La Crónica, 6 de noviembre.

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