Ordena el TEPJF reponer proceso sancionador contra el tricolor

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al IFE reponer dos procedimientos especiales sancionadores, relacionados con la presunta adquisición de tiempos en radio y televisión, que habrían sido utilizados para la difusión de entrevistas a candidatos al Gobierno del Estado de Michoacán, que se difundieron fuera del periodo de campaña.

Los magistrados consideraron válidos los agravios presentados por el PAN en dos recursos de apelación para inconformarse con las resoluciones del IFE, que en su oportunidad declaró infundadas las quejas formuladas, por separado, en contra de los candidatos del PRI, Fausto Vallejoa, y del PRD, Silvano Aureoles, así como de los partidos que los postularon a Michoacán.

En los proyectos de sentencia se establece que el secretario ejecutivo del IFE, Edmundo Jacobo Molina,  omitió citar a todos los sujetos denunciados de participar en las infracciones a la norma electoral, en particular, a los concesionarios o permisionarios de radio y televisión de las emisoras que difundieron las entrevistas.

Ante ello, el tribunal instruyó al funcionario a emplazar a todos los actores señalados, con el fin de acreditar o deslindar responsabilidades.

En otro punto de la agenda atendida ayer por el Tribunal Electoral, fue revocada la resolución del IFE por la que sancionó al PRI por presuntas irregularidades en su informe de campaña correspondiente al proceso electoral federal 2009.

El Revolucionario Institucional se quejó de que las sanciones  son excesivas y carentes de fundamentación y motivación.

De acuerdo con la resolución, el IFE no señaló la existencia de elementos para calificar como graves la conducta del PRI; por el contrario, las razones sostenidas implicaban una calificación menor, debido a que no existió una conducta reiterada,  no se demostró mala fe en su conducta y sólo existió una falta de cuidado para dar cabal cumplimiento a las obligaciones establecidas.

Por  lo mismo, se determinó revocar la resolución del IFE para que en un plazo de diez días, a partir de la siguiente a la notificación, realice un nuevo pronunciamiento en el que motive adecuadamente la calificación que corresponde a la conducta infractora cometida por el PRI y, en consecuencia, realice una nueva individualización.


Blanca Estela Botello, La Crónica, 19 de enero.

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