Preocupan en el IFE inconsistencias evidentes en los fallos del TEPJF


Complicado, por realizarse con una reforma electoral incompleta, el proceso para los comicios de este año ha evidenciado diferencias de las dos máximas autoridades: el Instituto Federal Electoral (IFE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Desde el IFE se cuestionan los vaivenes del TEPJF, que afecta la certeza de le elección: los alcances de la libertad de expresión, la cuota de género, la propaganda gubernamental, la inconsistencia de criterios en torno a los bloqueos y el interminable ir y venir de casos.
Crítico de resoluciones claves en el proceso electoral, el consejero Marco Antonio Baños cuestiona algunos fallos del TEPJF con evidentes inconsistencias respecto de la ley. El tribunal debería ser más cauto y resolver la parte que le toca en lo jurisdiccional, en la cuestión de conflictos, y emitir criterios oportunos, revisar el fondo de los temas y no sólo dedicarse a revisar las comas de las decisiones del IFE.
Aunque en el TEPJF se asegura que se han confirmado más de 80 por ciento de las resoluciones del IFE, en este último se resiente la sobrecarga de trabajo que le implica la constante devolución de casos por no asumir la plenitud de jurisdicción y abocarse sólo a corregir las formas. En muchos casos, sus resoluciones no contemplan el impacto logístico que tendrían su aplicación.
Fuentes del instituto tienen claro que esta postura conlleva un origen claro: no asumir los costos políticos de las decisiones ante los actores .
Baños se refiere a un caso emblemático, la primera multa impuesta a las televisoras por incumplimientos en la pauta: “no es sano que este caso haya tenido al menos cinco exposiciones públicas –entre resoluciones del instituto y devoluciones del tribunal–, para finalmente reducir la sanción (....) El TEPJF se comporta de forma extraña, pues cuando le interesa asume la plenitud de jurisdicción y, cuando no, simplemente devuelve el caso al IFE”.
Luego alude a un caso insólito en la historia electoral: la solicitud al TEPJF de aclaración de sentencia que hizo el ahora abanderado del Movimiento Progresista, Andrés Manuel López Obrador, a una resolución de los magistrados sobre las actividades que podrían hacer los candidatos únicos.De forma inaudita, a una consulta realizada a ellos, ordena al IFE responderle a López Obrador. Nunca se había visto esto.
Desde otra óptica, otro de los consejeros críticos a los fallos del TEPJF, Benito Nacif, reconoce que en muchos casos las resoluciones del tribunal desconciertan, pues incluso en casos donde el IFE sigue los criterios previos ordenados resulta que de nueva cuenta son modificados, lo que afecta la certeza de las decisiones. Cita un ejemplo: los programas de entrevistas de una televisora, donde en un primer caso se determinó sancionar, infiriendo donación a partir de una sospecha razonable y, posteriormente, enmendó y determinó lo contrario.
En este caso, dice, hubo una evolución de criterio –en corto tiempo, ciertamente– que resultó favorable a la libertad de expresión, aunque hay que entender que los criterios no están escritos en piedra, asegura Nacif, pues en la primera interpretación la resolución iba en detrimento de la calidad de nuestra democracia, pero después el TEPJF desarrolla nuevos criterios.
Nacif refiere que ha habido temas donde el tribunal ha variado sus criterios con frecuencia, como los informes de gobiernos estatales, la concepción de propaganda gubernamental o los temas de libertad de expresión. Sin embargo, concede que un factor que debe valorarse es que las decisiones se deben adoptar en esa vorágine desatada por los plazos tan estrechos en los que tenemos que resolver, cuando hay temas que merecerían mayor reflexión.
Alonso Urrutia, La Jornada, 9 de abril.

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