En el informe del IFE al tribunal hubo exceso de retórica, admite consejero


El informe circunstanciado que rindió el Instituto Federal Electoral (IFE) al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el juicio de inconformidad del Movimiento Progresista contra la elección presidencial “no pretende enfrentar al organismo con la coalición de izquierda.
No se trata de una confrontación, sino de poner argumentos sobre las acusaciones de omisión de que se le acusa franca y claramente en el recurso, sostiene el consejero electoral Lorenzo Córdova.
Agrega: el IFE no es una contraparte de la coalición. El informe se construyó a partir de los elementos de la propia impugnación (...) y si se revisa la querella, prácticamente de principio a fin está construida en dos ejes vertebrales: la descripción de un conjunto de irregularidades (compra y coacción del voto, encuestas, cómputos, denuncias de fiscalización) y en forma paralela las omisiones de que se acusa al IFE en esas anomalías.
Para la coalición, no sólo se produjeron los agravios, sino que detrás de ellos se encuentran omisiones de la autoridad. Por eso, subraya Córdova, el IFE se vio precisado a construir su informe circunstanciado –al que está obligado por disposición de ley–, de forma inevitable, para refutar cada una de las irregularidades denunciadas.
Prácticamente no hay ningún tema que no se asocie al IFE y se le acuse de omisión: si se cuestionan las encuestas, el instituto no actuó; si se mencionan los casos Monex y Soriana, es que no actuó; se dice que hay rebase de topes, y que no actuó, reprocha el consejero.
Lo que el instituto describe en su informe son las acciones que realizó en todos los casos.
–¿No debería haberse limitado a describir su versión de los hechos? Hay partes que descalifican totalmente los agravios y las pruebas de la coalición, como en el caso Monex.
–Probablemente pudo haber un exceso retórico en un documento que tuvo que construirse rápidamente. En conjunto se dice que las investigaciones están en curso y ahí están los elementos que se ponen a disposición del TEPJF. ¿Pudo haber habido un fraseo más afortunado? Sí, pero si no se descontextualizan algunas afirmaciones que en todo caso son reflexiones del IFE; si se lee en contexto, de ninguna manera se está desestimando las irregularidades señaladas por el Movimiento Progresista.
Sin embargo, el informe circunstanciado dista mucho del que rindió el IFE en 2006, cuando se confrontó abiertamente con los partidos de izquierda que impugnaron la elección.
A pregunta expresa sobre la crítica del Movimiento Progresista en torno a las encuestas, Córdova reconoce que es un punto donde el IFE ciertamente ha externado su preocupación. Sin embargo, justifica, bajo el contexto legal actual que aprobaron los partidos, el instituto cumplió con lo que dice la ley, y eso explica el informe.
Se emitieron metodologías, se rindieron informes de cumplimiento. Sí hay un juicio de valor respecto de si éstas pueden considerarse propaganda electoral: el Movimiento Progresista cita un estudio de El Colegio de México, pero no hay un elemento claro que en automático traduzca los sondeos en incidir en favor del puntero o en su caso desalentar a sus votantes por confianza y que no salgan a votar. En eso entramos ya en las subjetividades.
A pesar de reivindicar el derecho del Movimiento Progresista a promover su recurso, sostiene que en algunos puntos la demanda contiene falacias, afirmaciones que no se sostienen. Se asegura que en algunas casillas hubo votaciones de 120 o 180 por ciento mayor al número de votantes, y esa afirmación, sin medias tintas y sin tener una animadversión, es falsa. Están en su derecho de decirlo y nosotros de aclarar que no es cierto.
–¿No polariza más la situación el contenido del informe del IFE?
–Sería como afirmar que el recurso polariza. Es una equivocación plantearlo así, porque el juicio es derecho de la coalición; el IFE cumple con su obligación de ley de presentarse y hay una instancia que tiene que ponderar las pruebas y los alegatos.
Así debe verse el informe del IFE, en el entendido de que la decisión de señalar si la elección es válida es competencia del TEPJF, concluye Córdova.
Alonso Urrutia, La Jornada, 23 de julio.

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