La mayoría de los Congresos aprobó la reforma política; hoy la declararían constitucional

La Reforma Política, aprobada por el Congreso de la Unión en abril pasado, que permite al Presidente de la República rendir protesta ante las Mesas Directivas de las Cámaras del Congreso de la Unión o ante el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, incluso fuera del Palacio Legislativo de San Lázaro, fue aprobada ya por 17 congresos locales, con lo que se avala constitucionalmente.

En la Reforma Política también se establece la consulta popular, las candidaturas independientes, la iniciativa popular, reglas para la sustitución del Presidente de la República en caso de ausencia definitiva y la ratificación de los titulares de los órganos reguladores del Estado mexicano en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica.

Con la aprobación en los 17 congresos, informó el Senado de la República, se está en posibilidad de comprobar la existencia de mayoría de aprobaciones de las legislaturas estatales y hacer la declaratoria de aprobación en la sesión de hoy, en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

Los congresos de los estados que ya aprobaron la reforma constitucional son: Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chihuahua, Colima, Durango, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Con la Reforma Política se establece en el artículo 87 constitucional que si por cualquier circunstancia el Presidente no pudiera rendir la protesta en los términos que marca la constitución, esto es ante el Congreso de la Unión, lo hará de inmediato ante las Mesas Directivas de las Cámaras de Diputados y Senadores o ante el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y puede ser fuera del Palacio Legislativo de San Lázaro.

El diputado priista Felipe Solís Acero expresó, tras participar en reunión de Comisión  realizada en el Senado, que “la reforma plantea resolver un problema que se vio en el 2006, y espero que no se vuelva a presentar en este país, que es la posibilidad de que si el Presidente electo el día 1 de diciembre del año de la elección concurre al Congreso para rendir la protesta que la Constitución establece y no se puede por causas de fuerza mayor realizar la protesta, no puede ingresar a las instalaciones, entonces se contemplan dos posibilidades: Primero, rendir protesta ante los integrantes de las dos Mesas Directivas de la Cámara de Diputados y del Senado; y si tampoco fuera posible esta hipótesis; en segundo lugar podría rendir protesta ante el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“Esta reforma abre un espacio para poder atender situaciones de emergencia, como ya paso en este país hace seis años”.

 Solís Acero señaló que con la Reforma Política se amplían los derechos ciudadanos, como la iniciativa Ciudadana, que permite a los ciudadanos presentar iniciativas ante las cámaras del Congreso, bajo las condiciones que la reforma establece y generaran la obligación de las instancias legislativas de pronunciarse sobre la iniciativa de los ciudadanos, y no necesariamente en favor de cómo lo hayan planteado, pero si en un dictamen formal.

También está la candidatura independiente, esto es, los ciudadanos tendrán ahora la posibilidad de postularse a un cargo de elección popular, sin necesidad de militar en un partido político; sin embargo, para ejercer plenamente este derecho, dijo Solís Acero, es necesario reformar al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), con la expedición de una ley que  reglamente este procedimiento.

Asimismo se establece la consulta popular, con la que los ciudadanos pueden ser consultados por el Gobierno para poder llevar a cabo una obra, una política pública o sobre la viabilidad o no de una nueva ley.


Blanca Estela Botello, La Crónica, 18 de julio.

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