Rechaza ACTA la Asociación de Internet

La suscripción del Acuerdo Comercial Antifalsificaciones (ACTA, por sus siglas en inglés) violenta diversas disposiciones constitucionales y de otros ordenamientos legales y puede afectar la transición hacia una sociedad de la información y
el conocimiento, advirtió ayer la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI).

En un pronunciamiento sobre los riesgos del ACTA en el ámbito digital, indica que la redacción ambigua de ese instrumento plantea el riesgo de que se atente contra las garantías individuales de libertad de expresión, privacidad de las comunicaciones, seguridad y debido proceso, así como normas contenidas en tratados internacionales ratificados por México.

La AMPCI, que asegura contar como afiliadas más de 200 empresas relacionadas con el uso de internet, cuestiona en particular el artículo 27 del ACTA, en el que se establece que cada una de las partes se asegurará de que los procedimientos de observancia en el ámbito penal y civil "estén disponibles conforme a su legislación para permitir que se inicien acciones eficaces contra un acto de infracción de derechos de propiedad intelectual que tenga lugar en el ámbito digital".

El artículo, detalla, obliga al proveedor de servicios de internet a divulgar datos personales privados de los suscriptores,
"Al no estar claro el alcance de que información es la que se debe proporcionar (contenidos, transmisiones, registros, o sólo los datos de quien solicito la cuenta) y durante qué periodo de custodia, podría llegar a incurrirse en la imposición de una carga a los proveedores de servicios, que, además de implicar el encarecimiento del servicio en perjuicio directo de los usuarios, violentarían los preceptos legales contenidos en el artículo 16 de la Constitución y en el artículo 177 del Código Penal Federal en lo relativo a la intervención de las comunicaciones privadas", alerta.

"Adicionalmente, el ACTA no contiene provisión alguna que sea efectiva contra el mal uso de la información adquirida, violando nuevamente lo estipulado tanto en el artículo 16 constitucional como lo contenido en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares".

La agrupación llama al Senado a no ratificar el acuerdo internacional, o, por lo menos, reservar el artículo 27.

La AMIPCI, remarca, condena las malas prácticas, los abusos, la falsificación y la piratería en el ámbito digital.

Sin embargo, sostiene, la legislación vigente en materia de propiedad intelectual contiene ya disposiciones parta la protección de las obras, marcas y patentes, sin importar el medio en que se infrinjan los derechos de sus autores o titulares.

"Hoy el marco jurídico es equilibrado: preserva los derechos de propiedad intelectual y las garantías fundamentales. Los artículos del ACTA a que nos referimos en este documento no son compatibles con dicho marco y la redacción de los mismos, por ser ambigua, implica riesgos (...) que consideramos México no debiera correr", insiste.

 
 
 
Sangría

Costo estimado de la conservación de información requerida por el ACTA para empresas de internet en México:



Primer año675
Segundo año470
Tercer año698
Cuarto año950
Quinto año1,501



Fuente: AMIPCI


Reforma, 14 de julio.

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