En manos de la SCJN, el acceso pleno a la justicia para sectores marginados


La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene en sus manos aprobar criterios que garanticen el derecho de los indígenas a un acceso pleno a la justicia, lo cual va más allá de su derecho al debido proceso, contar con intérprete que conozca su lengua y un abogado defensor; tiene que ver con la aplicación de la justicia penal, tomando en cuenta sus usos y costumbres.
En la lista de asuntos para hoy están cinco amparos presentados por indígenas en contra de diversas sentencias que obligaron al máximo tribunal a hacer un análisis completo del artículo segundo constitucional. De acuerdo con fuentes judiciales consultadas, las tesis jurídicas que se lleguen a aprobar serán de gran importancia, porque por primera vez el máximo tribunal analizará de manera integral los problemas que enfrentan los indígenas sujetos a juicio.
Luego de haber aplazado dos veces la resolución de los asuntos, están listados para hoy los amparos presentados por Manuel López Gómez, Celestino Garay Candia, Eloy García Reyes, Nicolás Gómez Santiz y Joel Mancilla Vázquez. Los informantes comentaron que la Corte analizará conceptos básicos como: ¿qué es un indígena?; la posibilidad de que en cada asunto concreto, el juez de la causa tome en cuenta el derecho de los indígenas a un proceso penal apegado a la ley; en qué situación se considerará que un indígena es vulnerable y requiere de mayor protección.
Es decir, que el juez tome en cuenta la situación concreta del acusado, si habla español o no, su situación económica, así como analizar cada caso tomando en cuenta los usos y costumbres con respecto a los códigos penales en los que se basen las acusaciones en su contra.
El artículo segundo constitucional indica, entre otras cosas, la obligación del Estado de garantizar en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o colectivamente los indígenas, tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales. Y que los indígenas tienen derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.
En octubre pasado, los ministros Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar se pronunciaron por la concesión del amparo liso y llano de los quejosos, como en el caso de Florence Cassez; mientras Jorge Pardo Rebolledo, José Ramón Cossío y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia –quien dejó su cargo el 30 de noviembre pasado a Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena– votaron por amparar, pero para efectos, porque consideraban que las violaciones procesales no eran suficientes para liberarlos.
Jesús Aranda, La Jornada, 30 de enero.

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