Ampara la Corte a Telcel contra Cofetel


El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a Telcel contra la resolución de 2006 en la que determinaron tarifas por el servicio conocido como “el que llama paga”, tras argumentar que la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) se extralimitó en sus funciones.
Durante la sesión, el pleno votó siete ministros contra tres declarando ilegal la resolución del 31 de agosto de 2006, en el que la Cofetel determinó tarifas de interconexión para las empresas Alestra y Avantel las cuales deberían de pagar a Telcel durante cuatro años, de 2006 a 2010.
El proyecto votado para otorgar el amparo a Radiomovil Dipsa (Telcel) señala que el problema se originó por el desacuerdo de interconexión entre Telcel, Alestra y Avantel por las tarifas de interconexión del año 2005, y Cofetel a solicitud de éstas últimas dos compañías determinó los precios que debían aplicarse en el enlace de redes desde 2005 a 2010.
La Cofetel indicó que las tarifas serían de 1.71, 1.54, 1.23, 1.12, 1 peso y 0.90 centavos por minuto en cada uno de los años referidos.
Tras ello Telcel entabló una demanda contra la decisión de Cofetel por considerar que se violaron las disposiciones del artículo 9 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, cuestionó la metodología para hacer el cálculo de las tarifas y dijo que Cofetel sólo debió intervenir para calcular los precios de interconexión de redes para 2005.
Doris Gómora, El Universal, 5 de marzo.

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