Concesionarios deben aplicar separación contable: Cofetel


La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) dio a conocer los criterios de separación contable con los que deberán cumplir los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones, para evitar que apliquen subsidios cruzados a los servicios que ofrecen y con ello se afecte de forma negativa la competencia en mercados como el de telefonía fija, televisión restringida e Internet.
En principio, la separación contable estuvo dispuesta sólo para Teléfonos de México (Telmex) y Teléfonos del Noreste (Telnor), pero, como parte del proceso de mejora regulatoria y la evolución del sector telecomunicaciones, el órgano regulador encontró necesario aplicar esta obligación a todas las empresas del sector como forma de hacer más eficiente la verificación, promover la competencia y beneficiar a los usuarios.
Los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones tienen prohibido empaquetar la venta de servicios de forma obligatoria para sus usuarios, de tal forma que no pueden obligarlos a contratar telefonía fija junto con Internet y televisión, pero sí tienen facultades para ofrecer el llamado triple play, que abarca esos servicios y que sus clientes pueden contratar de forma voluntaria si así les conviene.
Evitar subsidios cruzadosSin embargo, la competencia que hay en el sector obligó a la Cofetel a disponer que las empresas reporten la contabilidad de cada uno de sus servicios por separados, para constatar el desempeño de cada uno y que no haya subsidios cruzados como estrategia para ganar clientes.
Como medida regulatoria, la Cofetel elaboró e hizo oficial la medida a través de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Manual que prevé los criterios y metodología de separación contable por servicio aplicable a los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones.
Destacó que “la información de contabilidad separada por servicio, función y componentes de la red es útil para evitar la existencia de subsidios cruzados entre los servicios, así como para detectar trato discriminatorio en la prestación de los mismos”.
Indicó que con esta metodología es posible verificar si los concesionarios “prestan el acceso de manera desagregada a servicios, capacidad y funciones de sus redes sobre bases de tarifas desagregadas y no discriminatorias, así como saber si dichos concesionarios actúan sobre bases de reciprocidad en la interconexión”.

Miriam Posada García, La Jornada, 26 de marzo.

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