Condicionan a empresas gratuidad

La propuesta de reforma en materia de telecomunicaciones condiciona la gratuidad de la retransmisión de contenidos televisivos, ya que las grandes empresas no podrán beneficiarse de esta condición.

De acuerdo con uno de los últimos borradores de la mesa de negociación del Pacto por México, los operadores que sean declarados con "poder sustancial" -los que son dominantes en el sector-, no tendrán acceso a la gratuidad.

En el documento se establece, de manera textual, que no se beneficiarán los concesionarios que tengan poder sustancial, no necesariamente en el mercado de la televisión, sino en cualquiera relacionado con las telecomunicaciones.

"Los concesionarios de telecomunicaciones o de televisión radiodifundida que hayan sido declarados con poder sustancial en cualquiera de los mercados de telecomunicaciones o radiodifusión o como agentes económicos preponderantes en los términos de este decreto (...)

"No se beneficiarán de la regla de gratuidad de los contenidos de radiodifusión o de la retransmisión gratuita", se indica.

Los precios y condiciones serán acordados por los propios concesionarios, pero ellos tendrán que asumir esos costos, ya que quedará prohibido que esos gastos repercutan en el precio que ofrecen al consumidor.

Se establece que, en caso de que existan diferendos, el nuevo Instituto Federal de Telecomunicaciones -que sustituirá a la Cofetel- será el que determine la tarifa "bajo los principios de libre competencia y concurrencia".

En el renglón del otorgamiento de concesiones, se confirma que el Instituto podrá otorgar y revocar concesiones.

Aunque la redacción incluye que el órgano tomará la decisión "previa opinión del Ejecutivo", se advierte que esa opinión no será vinculante, es decir, no tiene influencia legal sobre la determinación final.

SANCIONES

Entre los primeros borradores de la negociación, se proponía sancionar con la revocación del título de concesión a las televisoras y radiodifusores que vendieran, donaran o aportaran publicidad o propaganda electoral.

Sin embargo, el último documento no contempla la disposición de manera textual para incorporarlo a la Constitución.

El borrador de la iniciativa sólo señala la prohibición de transmitir la publicidad o propaganda como información "periodística o noticiosa", pero sin referencia alguna a los procesos electorales.

Pese a ello, los negociadores lograron incorporar el nuevo concepto del derecho de réplica y la "publicidad engañosa".

Claudia Guerrero, Reforma, 11 de marzo.

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