Invalida la Corte prohibición del aborto en Querétaro

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) declararon inválida la  reforma constitucional del estado de Querétaro -—promovida en septiembre de 2009—, en la que los legisladores prohibieron el aborto, al haber incluido el reconocimiento del derecho a la vida de todo ser humano desde el momento de la fecundación.

Con ocho votos a favor y tres en contra, el pleno del máximo tribunal invalidó la reforma del Congreso queretano, debido a irregularidades que existieron durante la aprobación de la reforma al artículo segundo de la Constitución estatal.

Por lo mismo, los ministros no entraron al análisis de fondo sobre el tema del aborto ni del uso de anticonceptivos como la "píldora del día después", que se veían afectados con dichas modificaciones.

El municipio de Arroyo Seco, a principios del 2009, presentó la controversia constitucional con la reforma, que señala:

"El estado de Querétaro reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano desde el momento de la fecundación con un bien jurídico tutelado, y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes hasta la muerte".

La Corte revisó el caso bajo el número de expediente 89/2009 y el proyecto de sentencia fue elaborado por el ministro José Fernando Franco González Salas.

La Crónica, 30 de abril.

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