Cambiarían Constitución por Pemex

La propuesta de reforma energética que presentará el Presidente Enrique Peña Nieto la próxima semana, modificará por primera vez en 55 años los tres artículos de la Constitución que no permiten la participación de empresas privadas ni nacionales ni extranjeras en la cadena de los hidrocarburos.

Esto, porque en 1958 se cambiaron por última vez los artículos 25, 27 y 28 de la Carta Magna.

Mario Gabriel Budebo, miembro del Consejo Mexicano de Asuntos Internacionales, dijo que sería un error permitir sólo asociaciones donde Pemex deba estar presente, pues limitará las inversiones que pueda hacer la paraestatal.

Eduardo Núñez, abogado de Núñez y Asociados, refirió que si se quieren integrar las concesiones y contratos de riesgo, modificarían los artículos 25, 27 y 28, además del 134.

Por ejemplo, mencionó, si el modelo es buscar concesiones, se necesita modificar el artículo 27 o para tener actividades privadas como refinación modificarían el artículo 28.

CAMBIOS CONSTITUCIONALES EN LA MIRA
 
Son cuatro artículos de la constitución los que están en la discusión pública porque podrían ser modificados con la reforma energética. ¿Por qué son tan importantes?


FRAGMENTO CONSTITUCIONALPOSIBLE CAMBIO
·Artículo 25, párrafo 4: El sector público tendrá de manera exclusiva las áreas que se señalan en el Artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y control de los organismos que en su caso se establezcan.·Si se modifica, permitiría que Pemex pueda asociarse con empresas privadas tanto nacionales como extranjeras.
·Artículo 27, párrafo 4: Corresponde a la Nación el dominio directo de (...) el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos.·Al modificarlo permitiría las concesiones y contratos de producción compartida.
·Artículo 27 párrafo 6: Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos.·Permitir concesiones y/o contratos de producción compartida.
·Artículo 134: Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo por licitaciones públicas mediante convocatoria pública.·Podrían permitir que algunos contratos de Pemex no se hagan a través del régimen público para que las contrataciones puedan ser más ágiles.

Fuente: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Núñez y Asociados.

Alejandra López, Reforma, 8 de agosto.

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