Imef: con la reforma hacendaria se pueden perder inversión y empleo


El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (Imef) consideró que los cambios propuestos en la reforma hacendaria, como la eliminación del régimen de consolidación fiscal y el impuesto a la distribución de dividendos, pueden desincentivar la inversión y la generación de empleos formales en la economía, y manifestó que “es necesario que el impuesto al valor agregado se aplique de manera generalizada”.
En conferencia de prensa, la directiva de esta organización del sector privado afirmó que la economía mexicana se encuentra en recesión y aunque dijo que ésta es “leve”, advirtió que las medidas fiscales sometidas a consideración de los legisladores dificultarán la recuperación económica del país. Estimó en 1.5 por ciento la tasa de crecimiento del producto interno bruto para 2013 y no descartó la posibilidad de hacer un ajuste adicional antes de que concluya el año.
“No es una reforma amigable”, afirmó Nora Morales, vicepresidenta del comité nacional de estudios fiscales del Imef, mientras su presidente, Víctor Manuel González Olivares, advirtió que el interés de empresas extranjeras para instalarse en México puede disminuir debido a la eliminación de muchas deducciones fiscales, que en países vecinos se mantienen.
“La vemos como una reforma más política que fiscal, que puede propiciar que el interés de empresas extranjeras por instalarse en México pueda disminuir”, afirmó González Olivares, y apuntó que impone mayores cargas a las personas morales que generan empleo y riqueza en el país como las maquiladoras y las industrias automotriz y refresquera. Agregó que, aun cuando se rumora que ésta es la primera de dos partes de la reforma, “creemos que este es el momento de México para realizar una reforma fiscal de verdad”.
En su revisión a los principales cambios propuestos por el Ejecutivo federal, la directiva del Imef apuntó que si bien la reforma del IVA tiende a constituirse en la base de la recaudación tributaria, es necesario que este impuesto se aplique de manera generalizada, además de que equivocadamente se elimina de este gravamen “la exención” de actos o actividades que en realidad no incorporan un valor agregado, como es la venta de casas habitación usadas o el oro, por ejemplo”.
Sobre la abrogación del impuesto a los depósitos en efectivo (IDE), los directivos de esta organización expusieron que “aún y cuando compartimos la idea de simplificar el sistema impositivo, no sorprende y esperamos que se vuelva a analizar por parte del Congreso la eliminación de este impuesto”, el cual es una medida efectiva para combatir la informalidad. Además consideró un atino de la reforma la desaparición del impuesto empresarial a tasa única (IETU).
En cuanto a la eliminación de la deducción inmediata en la aplicación del impuesto sobre la renta (ISR) a las empresas, el Imef afirmó que si bien puede ser cierto que su anulación obedece a la pérdida de recaudación y a la poca eficiencia para incentivar inversiones en determinadas regiones, su sostenimiento, “con los controles adecuados para evitar erosiones a la base del impuesto”, podría convertirse en un factor de competitividad para estimular la inversión en dichas zonas.
Impuestos y países ricosSobre el impuesto de 10 por ciento a la distribución de dividendos, sostuvo que la tasa efectiva puede elevarse “a por lo menos 44 por ciento”, según Arturo Carvajal Trillo, otro vicepresidente de estudios fiscales. Opinó que si bien en países como Alemania, Canadá, Chile, Corea y Dinamarca, las tasas efectivas de este impuesto son mayores a las de México, como argumentó el Ejecutivo federal, “también los servicios que se reciben en dichos países por los impuestos que ahí se pagan son mucho mejores”.
Por ejemplo, señaló la directiva del Imef, “ninguno de esos países tiene los problemas de educación, seguridad y salud que tiene México”.
Consideró un “desacierto” eliminar la consolidación fiscal, la cual, aseguró, resta competitividad al país. Explicó: “Se elimina la consolidación fiscal, para lo cual se contempla enterar el impuesto diferido en un periodo máximo de cinco años. En sustitución se plantean un sistema de empresas ‘integradas’ que implica un diferimento de parte del impuesto por un plazo de tres años. Lo anterior consideramos que es un desacierto, en virtud de que este régimen no implicaba una omisión del pago del impuesto, sino un diferimiento de éste”.

Juan Antonio Zúñiga, La Jornada, 18 de septiembre.

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