Pagan empresas el fin del IETU

A cambio de eliminar el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), la reforma hacendaria propone que la mayor parte de los esquemas utilizados hasta ahora por las empresas para reducir su carga fiscal sean eliminados o limitados.

Según el planteamiento de la reforma hacendaria, las empresas ya no podrán deducir, entre otros, las cuotas pagadas al seguro social, una proporción de las prestaciones otorgadas a sus trabajadores -como horas extras y fondos de ahorro- y tampoco las inversiones en maquinaria y activos fijos en un solo ejercicio fiscal.

Hasta ahora, la ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) permite a las empresas deducir las cuotas pagadas por sus trabajadores al IMSS, pero se propone eliminar este beneficio.

Otro de los cambios que más impactarán a las empresas es el nuevo límite para la deducción de las remuneraciones exentas de los trabajadores.

Actualmente, las empresas pueden deducir el 100 por ciento de algunos conceptos exentos, como la previsión social, cajas y fondos de ahorro, pagos por separación, gratificación anual, horas extras, prima vacacional y la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU).

Sin embargo, la reforma hacendaria plantea que el límite para la deducción de esos conceptos sea únicamente de hasta 41 por ciento.

Las empresas tampoco podrán deducir anticipadamente las aportaciones que realicen para la creación o incremento de las reservas destinadas a fondos de pensiones o jubilaciones complementarias y sólo podrán hacerlo hasta que realicen el pago real de esos recursos a sus trabajadores.

La justificación para estos y otros cambios es que con la eliminación del IETU y el Impuesto a Depósitos en Efectivo (IDE) se ha reducido la carga fiscal y administrativa y, por lo tanto, se deben revisar algunos esquemas del ISR que afectan la recaudación.

Uno de esos "agujeros" es el pago de dividendos, que de acuerdo con la propuesta de reforma hacendaria estaría gravado con un impuesto del 10 por ciento, con el objetivo de que las empresas reinviertan sus utilidades.

Asimismo, se modificará la forma de calcular el reparto de utilidades (PTU), haciéndola más transparente.

La base para determinar el PTU será calculada restando a los ingresos obtenidos en el ejercicio las deducciones autorizadas en la nueva Ley del ISR.

También propone que las empresas ya no puedan realizar la deducción inmediata en un solo ejercicio de las inversiones en activo fijo, sino que se haga gradual conforme la depreciación del bien, como sucede en otras naciones.

La reforma elimina el régimen de consolidación fiscal, que los grandes corporativos utilizan para diferir hasta 5 años el pago de ISR cuando tienen algún negocio que tiene pérdidas.

Las empresas que aún estén en este esquema de 5 años, podrán seguir aplicando las disposiciones actuales de la consolidación y, una vez que concluya ese periodo, deberán calcular y enterar el impuesto diferido a través del esquema fraccionado de pagos.

Aportación mínima 
 
Aunque fue creado como un impuesto de control, el IETU generó poca recaudación.

RECAUDACIÓN POR IETU (% del PIB)


20080.38%
20090.37
20100.34
20110.33
20120.27

 
 
Fuente: SAT

¿Adiós a la planeación?

Con los cambios, muchas firmas deberán abandonar la planeación fiscal que les permite pagar menos al fisco.

 
SE PROPONE ELIMINAR:
 
·Deducción inmediata de inversiones
·Régimen de consolidación fiscal
·Deducción de cuotas al IMSS
 
SE LIMITA:
 
·Deducción de prestaciones a los trabajadores
·Deducción de autos
 
SE CAMBIA:
 
·Cálculo de reparto de utilidades
 
Fuente: Proyecto de Reforma Hacendaria

Gonzalo Soto, Reforma, 10 de septiembre.

0 Responses to "Pagan empresas el fin del IETU"