Prevén crezcan 30% embargos a morosos


Con la reforma financiera, los bancos podrán embargar los bienes de los deudores más rápido, incluso, se prevé un aumento de hasta 30% en los juicios.
Uno de los segmentos que registrará un alza en el número de procesos judiciales es la tarjeta de crédito.
Especialistas coincidieron en que las modificaciones que avalaron los legisladores se pueden prestar a "abusos", sobre todo en el caso de intermediarios no bancarios en el tema de la recuperación de garantías.
Ángel González, director general de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor S.C., afirmó que ante la agilización de los juicios de embargo, una de las preocupaciones es para “cargos no reconocidos”, es decir, que una persona que se niega a pagar consumos que no hizo, se le embargue.
Por lo general, las deudas de menos de 100 mil pesos en tarjetas de crédito no se iban a juicio porque era costoso; sin embargo, con la reforma será más fácil adjudicar.
El especialista estimó que en el 2014, los procesos de ejecución de garantías podrían aumentar 30%.
De acuerdo con cifras del Banco de México, la cartera vencida de las tarjetas de crédito ascendió a 14 mil 458 millones de pesos al cierre de julio.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) precisó que en ese mismo mes, la cartera total de tarjetas de crédito sumó a 289 mil millones de pesos y un índice de morosidad -cartera vencida contra cartera total- de 4.95%.
Sólo Bancomer y Banamex concentra más de 60% de los créditos de tarjeta con una cartera de 188 mil millones de pesos.
Juan Pablo Zorrilla, co director general de la reparadora de crédito, Resuelve tu Deuda, advirtió que con la mayor celeridad en la ejecución de garantías, las personas deben estar alertas, “porque se puede prestar a abusos”.
“Es posible que tiendas que ofrecen crédito o Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) puedan tomar como garantía hasta un bien inmueble”, dijo.
En el tema de tarjeta de crédito, coincidió en que con la reforma podrían aumentar los embargos.
Alertó que la mayor facilidad para que los intermediarios recuperen lo que prestaron se puede prestar a abusos, al querer tomar garantías mayores al valor del préstamo.
Para los especialistas, estas modificaciones constituyen una medida precautoria para desincentivar a las personas que dejan de pagar.
Marco Carrera, director general de Educación Financiera de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), consideró que las reformas contribuirán a aumentar y abaratar el crédito, “pero para ello se otorga más herramientas para recuperar las garantías”.
Agilizan juicios
El Decreto de Reformas al Sistema Financiero que aprobó la Cámara de Diputados, y que espera su turno en el Senado de la República, fija mecanismos para agilizar los juicios de recuperación de garantías.
También se cambian las denominaciones de las medidas precautorias para que se llamarse “radicación de persona” y “retención de bienes” en lugar de “arraigo” y “secuestro”, respectivamente. Además, se limitarán los recursos que precisan dilatar los juicios orales.
En el decreto se establece: “en los juicios mercantiles sólo podrán dictarse las medidas cautelares providencias precautorias, previstas y que son:
I. Radicación de persona, cuando hubiere temor fundado de que se ausente u oculte el deudor contra quien deba promoverse o se promovió una demanda.
II. Retención de bienes, que aplicará cuando exista temor fundado de que los bienes que se consignaron como garantía o contra los que se vaya a ejercitar una acción real, se dispongan, oculten, dilapiden, enajenen o sean insuficientes.
Tratándose de acciones personales, siempre que la persona contra quien se pida no tuviere otros bienes que aquellos en que se ha de practicar la diligencia, y exista temor fundado de que los disponga, oculte, dilapide o enajene.
Incluso, “si los bienes consisten en dinero en efectivo o en depósito en instituciones de crédito, u otros bienes fungibles, se presumirá, para los efectos de este artículo, el riesgo de que los mismos sean dispuestos, ocultados o dilapidados, salvo que el afectado con la medida garantice el monto del adeudo".
Otro de los ajustes, tanto al Código de Comercio como a la Ley de Instituciones de Crédito, consisten en que cuando el crédito tenga garantía real, el actor, a su elección, podrá ejercitar sus acciones en juicio ejecutivo mercantil, ordinario, especial, sumario hipotecario o el que corresponda a la legislación mercantil o a la legislación civil aplicable, pero deberá conservar la garantía real y su preferencia en el pago, aun cuando los bienes gravados se señalen para la práctica de la ejecución.
Otro de los cambios establece que las notificaciones, citaciones y entrega de expedientes se verificarán a más tardar el día siguiente a aquel en que se dicten las resoluciones.
Romina Román Pineda, El Universal, 13 de septiembre.

0 Responses to "Prevén crezcan 30% embargos a morosos"