Quitan a sindicato reparto de plazas

La Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD) elimina la facultad que, desde 1963, tiene el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) de asignar 50 por ciento de las plazas de nueva creación o vacantes.

"Las plazas de última categoría de nueva creación o las disponibles en cada grupo, una vez corridos los escalafones respectivos con motivo de las vacantes que ocurrieren, y previo estudio realizado por el Titular de la Dependencia, tomando en cuenta la opinión del Sindicato, que justifique su ocupación, serán cubiertas en un 50 por ciento libremente por los Titulares y el restante 50 por ciento por los candidatos que proponga el Sindicato", señala el artículo 62 de la LGSPD.

Con la aprobación de la nueva Ley también se elimina la bilateralidad, las comisiones mixtas SEP-SNTE de escalafón, donde se decide quien se promueve a cargos de director y supervisor, de acuerdo con el reglamento de escalafón que se desprende de la Ley.

Además, establece que no será válido ningún nombramiento de docente, director o supervisor que no cumpla con las nuevas disposiciones.

Incluso la nueva legislación impone sanciones por la venta o herencia de plazas, así como a quien ocupe una plaza sin haber pasado por el mecanismo de ingreso que establece el Servicio Profesional Docente.

"Será nula de pleno derecho y, en consecuencia, no surtirá efecto alguno sin necesidad de declaración judicial, toda forma de ingreso distinta a lo establecido en este capítulo.

"Quienes se beneficien, participen, autorice o efectúen algún pago o algún otro tipo de contraprestación al respecto, incurrirán en responsabilidad y serán acreedores a las sanciones correspondientes", indica.

SANCIONES
 
 
El artículo 74 establece la separación del cargo, sin necesidad de que haya una resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes en los estados.

La Ley fija un nuevo mecanismo de ingreso a través de concursos de oposición, cuyos lineamientos establecerá el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) y obliga a la Secretaría de Educación Pública a crear perfiles de desempeño docente.

Señala que los concursos de oposición arrancarán en 2014, serán públicos y abiertos, salvo en los dos primeros años en los que sólo podrán participar los egresados de las escuelas normales.

"El artículo 24 de la presente Ley entrará en vigor para la educación básica a los dos años siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, entre tanto, las convocatorias para concursos de oposición para el ingreso a la educación básica serán sólo para los egresados de las Normales", dice el 21 transitorio.

El ingreso al servicio docente, señala el artículo 22, dará lugar a un nombramiento definitivo de base a los seis meses. El maestro deberá aprobar un periodo de inducción de dos años, durante el cual contará con un tutor, y de no aprobarlo, se darán por terminados los efectos del nombramiento.

Promoción

La Ley General del Servicio Profesional Docente establece tres opciones de promoción a quienes aspiren a ocupar una plaza en el sistema educativo.


CARGOS DE DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN:

· Concursos públicos de oposición
· Podrán aspirar los maestros con dos años o más de servicio
· El nombramiento queda sujeto a un periodo de inducción de dos años ininterrumpidos
· Deberán tomar cursos de liderazgo y gestión escolar
· Primera evaluación a los dos años
· De ser insuficiente, el aspirante regresará a la función docente. 
· Si aprueba, obtiene nombramiento definitivo
· En el caso de supervisores, el nombramiento será definitivo


TAREAS DE ASESORÍA TÉCNICA PEDAGÓGICA:

· Concurso de oposición
· Sujetos a un periodo de inducción de dos años y a cursos de capacitación profesional
· Recibirán incentivos temporales
· Se someten a evaluación al final del periodo de inducción
· De aprobar, se le otorga el nombramiento definitivo
· Si no, vuelve a la labor docente

LABORES POR NECESIDADES DEL SERVICIO

· Asignación de horas adicionales para docentes que no son de jornada
· Requieren cumplir el perfil 
· Aprobar evaluación de desempeño
· Las tareas se pueden realizar en el mismo plantel
· Cuando los horarios sean compatibles, podrán laborar en otro plantel

Sonia del Valle, Reforma, 4 de septiembre.

0 Responses to "Quitan a sindicato reparto de plazas"