Cambio energético, de alto impacto

Exploración y explotación de petróleo y gas
Si bien se reitera en la modificación del artículo 27 Constitucional, que tratándose del petróleo y de los hidrocarburos, la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible "y no se otorgarán concesiones", los acuerdo alcanzados por los presidentes de las comisiones del Senado involucradas, dejaron abierta la posibilidad de utilizar "otras" modalidades de contratación (que no se definen) para las asignaciones adicionales a las originalmente previstas:
a) De servicios: el marco legal vigente permite a Petróleos Mexicanos la celebración de los denominados "contratos de servicios puros", que no comprometen porcentajes de producción obtenida y pagos son cubierto en efectivo.
b) De utilidad compartida: en este caso se compromete un porcentaje de la monetización de la producción como retribución.
La inversión de los trabajos corre por cuenta del contratista bajo su propio riesgo.
Las ganancias del contratista dependen de las condiciones de mercado.
c) De producción compartida o de riesgo: este tipo de contratos compromete un porcentaje de la producción obtenida como retribución.
Estos dos últimos tipos de contratos serán utilizados como modelo universal.
d) Licencias: en este caso, durante la etapa de exploración el contratista está obligado a realizar un mínimo de inversiones, cumpliendo con ciertas unidades de trabajo exploratorio. Una vez realizado el descubrimiento, el contratista elabora un plan de desarrollo y es el que proporciona y que además es responsable de todos los recursos técnicos y económicos financieros que se requieran para la ejecución de las operaciones. Para el pago, el contratista puede optar por escala de producción o por resultado económico. El modelo es de Indonesia.

En materia de electricidad
La reforma se plantea la necesidad de la desintegración horizontal de los procesos de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, permitiendo mayor participación del capital privado.
Empresas privadas podrán construir y operar centrales generadoras y vender sin restricción la energía eléctrica que produzcan, lo que permitirá mayor número de jugadores produciendo electricidad para abaratar las tarifas eléctricas.
Se estima que podrá transferirse a los usuarios ahorros en las tarifas de 50% al 65% de manera gradual.
Se espera, según el dictamen, la concurrencia de una pluralidad de participantes que invertirán en infraestructura de generación y que requerirán que la energía que produzcan llegue a los consumidores a través de la red nacional de transmisión y las redes generales de distribución, cuyo control mantendrá el Estado.
Además, los privados podrán celebrar contratos con CFE para desarrollar infraestructura y proporcionar mantenimiento en las redes de transmisión y distribución, es decir, en cables, torres y subestaciones.
El Estado mantendrá el control del Sistema Eléctrico Nacional que será operado por el Centro Nacional de Control de Energía, el cual tendrá en sus manos la operación del mercado eléctrico mayorista, y del acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la red nacional de transmisión y las redes generales de distribución.

Pemex y CFE
En un plazo máximo de dos años, ambas paraestatales pasarán de ser organismos de control directo a Empresas Productivas del Estado, lo que representa un giro de 180 grados, pues ahora su propósito será "la creación de valor económico".
No obstante, se estableció una reserva de ley para que en tanto ambas entidades transiten al nuevo estatus, podrá celebrar de manera inmediata asignaciones y contratos con la iniciativa privada.
La reforma contempla que para cumplir con el objeto de las asignaciones o contratos tanto en materia petrolera como eléctrica, las empresas productivas del Estado podrán, a su vez, contratar con particulares.
Para poder competir en las asignaciones y contratos, Pemex se verá favorecido con el esquema de "ronda cero", es decir, encabezará en algunos proyectos la lista de licitantes. Este esquema es usado por Brasil.
La autonomía técnica y de gestión de estas entidades estará determinada por las leyes secundarias que habrán de publicarse a más tarda en los 120 días posteriores a la publicación de la reforma en el Diario Oficial de la Federación.
En el caso de Pemex, aunque se prevé que los derechos de los trabajadores (154 mil 780, entre sindicalizados y de confianza) serán respetados, la reforma prevé la salida de los cinco representantes del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) del Consejo de Administración.
También se tiene contemplado que las remuneraciones de los trabajadores se homologuen a las que prevalecen en la industria.

Fondo para la Estabilización y el Desarrollo
Con la reforma energética se crea un fideicomiso público encargado de recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos que Pemex y CFE otorguen a la iniciativa privada y obtenga por cuenta propia.
El Banco de México será el encargado de controlar dicho fondo, el cual será administrado por un comité técnico integrado por los titulares de Hacienda, Energía y el propio Banxico, además de dos miembros independientes.
Los recursos que obtenga el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, estarán etiquetados para los pagos establecidos en las asignaciones y contratos.
Además, serán distribuidos entre los Fondos de Estabilización de los Ingresos Petroleros y de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas.
También se prevé transferir a la Tesorería de la Federación los recursos necesarios para cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año, en una proporción de 4.7% del PIB.
Este esquema es un concepto manejado por la industria petrolera noruega.

Regulación y fortalecimiento del sector
La Secretaría de Energía (Sener), a través de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, tiene la encomienda de concentrar la información sobre los volúmenes de reservas petroleras, realizar las licitaciones, asignar ganadores y suscribir los contratos previstos en la reforma para la exploración y producción de hidrocarburos.
La Comisión Reguladora de Energía otorgará los permisos de almacenamiento, transporte, distribución de crudo a través de ductos, gas natural, gas natural comercial, petrolíferos y ventas de primera mano.
En materia de electricidad, la CRE será la encargada de la regulación y el otorgamiento de permisos para la generación así como establecer las tarifas de porteo para la transmisión y distribución.
Asimismo, se crea el Centro Nacional de Control de Gas Natural, con el propósito de que opere el sistema nacional de ductos, de transporte y almacenamiento de este hidrocarburo.

Cambios a favor del medio ambiente
Se crea la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector de Hidrocarburos, organismo encargado de regular y supervisar las instalaciones y actividades del sector para la protección del medio ambiente en el país.
Entre las facultades de la agencia está la supervisión de las actividades de desmantelamiento y abandono de instalaciones del sector.
El organismo es una entidad desconcentrada de la Secretaría del Medio Ambiente con autonomía técnica y de gestión.
Noé Cruz, El Universal, 12 de diciembre.

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