El IFT no debe permitir que grupos ajenos desdibujen sus facultades constitucionales

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debe acreditar su autonomía y no permitir que grupos de interés ajenos a sus funciones desdibujen sus facultades constitucionales, expresó Miguel Barbosa, coordinador parlamentario del PRD en el Senado de la República.

El IFT, enfatizó el legislador poblano, tiene autonomía constitucional, lo que significa que no está supeditado jerárquicamente a ninguna otra autoridad y cuenta con facultades para actuar y defender por sí mismo sus resoluciones; lo cual incluye la posibilidad de acudir ante la Suprema Corte cuando su esfera de competencia sea afectada.

Destacó que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013, representa una herramienta del Estado para garantizar la competencia equitativa en el sector de la radio y la televisión en beneficio de las audiencias y de los sectores sociales.

Remarcó que aunque todavía no existen las leyes reglamentarias en materia de telecomunicaciones, la reforma constitucional y los 18 artículos transitorios del decreto de reforma contienen disposiciones que son de plena aplicación por parte del Instituto.

“Es obligación del Instituto garantizar que los concesionarios de señales de televisión abierta permitan a los llamados concesionarios de servicios de televisión restringida retransmitan su señal y que éstos a su vez lo hagan”, dijo.

Mencionó que el artículo octavo transitorio señala que el IFT debe cumplir sus facultades a partir de que se ha constituido, y no esperar a la expedición de las disposiciones reglamentarias.

Explicó que dentro de un plazo de 180 días naturales, el IFT debe resolver temas importantes y relevantes como la expedición de las bases y convocatorias para licitar nuevas concesiones de frecuencia de televisión, en por lo menos dos nuevas cadenas con cobertura nacional.

Además, debe determinar la existencia de agentes económicos preponderantes y establecer las medidas que permitan la desagregación efectiva de la red local del mismo, así como de la revisión de los títulos de concesión vigentes, entre otras obligaciones.

“No existe obstáculo legal que impida al Instituto Federal de Telecomunicaciones realizar sus funciones, que entre otras son: la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones”, expresó Barbosa.

Para lograr un eficaz cumplimiento de las atribuciones que el constituyente otorgó al IFT, dijo Barbosa, se requiere que el Instituto se asuma como la autoridad en la materia, que dicte las resoluciones que le competen y defienda su autonomía y la validez de sus resoluciones ante las instancias que correspondan.

Blanca Estela Botello, La Crónica, 16 de febrero.


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