Ifetel debe garantizar la retransmisión de señales de tv abierta en la restringida

El coordinador de los senadores del PRD, Miguel Barbosa, advirtió que aunque el Congreso está en falta por no haber aprobado aún las leyes secundarias en telecomunicaciones, la reforma constitucional en la materia dio al órgano regulador las facultades suficientes para actuar.
“El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) debe asumir su responsabilidad “y garantizar que tanto Televisa como Tv Azteca permitan a los llamados concesionarios de servicios de televisión restringida retransmitir la señal abierta.
El senador Barbosa consideró que el Ifetel debe acreditar su autonomía, sin sometimientos ni patrocinios de ninguna autoridad ajena al mismo; y sin que los grupos de interés o de presión involucrados desdibujen sus tareas, ello en referencia a la decisión del organismo de suspender la resolución en torno a las señales abiertas de televisión, como se lo demandó el juez 32 de lo civil del Distrito Federal, quien no tienen competencia en la materia.
Resaltó que el Ifetel cuenta con autonomía constitucional, lo que significa que no está supeditado jerárquicamente a ninguna otra autoridad y cuenta con facultades para actuar y defender por sí mismo sus resoluciones. Esto incluye, dijo, la posibilidad de acudir ante la Corte cuando su esfera de competencia sea afectada.
Barbosa sostuvo que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013, es de plena aplicación por el Ifetel. En el artículo octavo transitorio de la misma se señala que el instituto debe ejercer sus facultades a partir de que se ha constituido y no esperar a la expedición de las disposiciones reglamentarias.
En ese sentido, detalló, dentro de un plazo de 180 días naturales, el Ifetel debe resolver temas importantes y relevantes como las expedición de las bases y convocatorias para licitar nuevas concesiones de frecuencia de televisión, en por lo menos dos nuevas cadenas con cobertura nacional.
Además, determinar la existencia de agentes económicos preponderantes, así como de la revisión de los títulos de concesión vigentes, entre otras obligaciones.
Andrea Becerril, La Jornada, 16 de febrero.

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