Sube tensión por señal de TV

Un tribunal federal estableció, por primera vez, que la reforma Constitucional sobre telecomunicaciones no deja claro si los canales de televisión abierta ya pueden retransmitirse sin costo alguno en los sistemas de televisión restringida.

Se trata del primer pronunciamiento del Poder Judicial sobre el artículo Octavo Transitorio de la reforma de junio de 2013, que estableció la retransmisión gratuita de los canales abiertos en sistemas de paga, conocido como must carry, must offer, el cual ha provocado una guerra entre Televisa, TV Azteca y Dish.

"Del examen integral de los preceptos Constitucionales, así como de la exposición de motivos que dio origen a su modificación y adición, no se advierte si los derechos y obligaciones establecidos en la fracción I del artículo Octavo Transitorio del Decreto, por cuanto hace a la retransmisión gratuita de la señal de televisión abierta, deben o no formalizarse a través de la manifestación expresa del acuerdo de voluntades de los concesionarios interesados, por ejemplo, mediante la celebración de un convenio", indica la sentencia.

El fallo, dictado el viernes pasado por Armando Cortés Galván, magistrado del Primer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa, agrega que tampoco quedó claro si con la entrada en vigor de la norma bastaba para que se pudiera retransmitir, a partir de ese momento, la señal de televisión abierta.

Se trata de un juicio civil promovido desde abril de 2011, cuando Dish demandó a Grupo Televisa para forzarla a firmar un contrato de licenciamiento que le permitiría la retransmisión de los canales abiertos, con base en una oferta pública para otorgar derechos de transmisión, difundida en enero de 2008 por la empresa de Emilio Azcárraga Jean.

Al respecto, Peter Bauer, apoderado legal de Dish, consideró que la resolución del magistrado no es definitiva ni tiene implicaciones en la transmisión de la señal y los canales de televisión abierta que realiza la televisora de paga.

Agregó que la retransmisión ya no se dio bajo esos supuestos, aunque el juicio continuó, pero podría quedar superado pronto porque ya no se necesita esa licencia -por la gratuidad que estableció la reforma en telecomunicaciones- y porque el Ifetel está por determinar las condiciones en que debe darse.

"(La sentencia) no tiene ninguna implicación ni en la retransmisión ni en los canales que está llevando Dish, ni obliga al Instituto Federal de Telecomunicaciones en forma alguna a considerarla para su resolución", explicó.

La diputada federal Purificación Carpinteyro comentó que el tribunal no tiene autoridad alguna respecto a estos temas, pues para eso fueron creados los tribunales especializados a raíz de la reforma en telecomunicaciones.

Peter Bauer, Apoderado legal de Dish

"Esta no es una sentencia trascendente ni para el sector ni para Dish, sólo dice que se seguirá tramitando el juicio civil que promovió Dish en 2011 contra Televisa".

Vania Guerrero y Víctor Fuentes, Reforma, 11 de febrero.


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