Acota secundaria autonomía de IFT

Gerardo Ruiz Esparza, secretario deComunicaciones y Transportes, aseguró que el Estado busca mantener injerencia en el contenido de la ley secundaria en telecomunicaciones.
“No tengo la menor duda de que sus facultades (del IFT) se ven claramente reguladas y de que hay una clara compartición de estas facultades con el Gobierno de la República en cuanto debe ser en materia de contenidos, creo que en materia de contenidos el gobierno debe seguir teniendo injerencia en los temas y desde luego con una gran apertura y gran intercambio de opiniones con el Instituto Federal de Telecomunicaciones”, expresó el secretario.
De acuerdo con las reformas constitucionales, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es un órgano autónomo, independiente al gobierno; sin embargo la SCT, la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mantienen sus atribuciones en cuanto a opiniones y decisiones sobre la aplicación de la regulación.
La iniciativa de la Ley Federal de Telecomunicaciones fue subida a la página de internet de la Cámara de Senadores, antes de pasar por las Comisiones y el Pleno.
En ésta iniciativa se mantiene la opinión técnica no vinculante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes al IFT en materia de otorgamiento, prórroga, revocación, autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u operación de sociedades vinculadas con concesiones en telecomunicaciones y radiodifusión.
La SCT decidirá el futuro del servicio de telecomunicaciones y radiodifusión cuando el IFT revoque o rescate concesiones así como cuando se disuelvan o quiebren las sociedades concesionarias.
Por su parte, cuando termine la vigencia de concesiones y éstas regresen al Estado, el Ejecutivo tendrá prioridad para “adquirir instalaciones, equipos y bienes utilizados en la prestación de los servicios objeto de la concesión”.
En el caso de la Secretaría de Gobernación, mantiene sus atribuciones para ordenar y administrar la transmisión de los tiempos del Estado, ordenar y coordinar los encadenamientos de las diversas emisoras de radio y televisión, autorizar y supervisar la transmisión o promoción de concursos en que se ofrezcan premios en sus distintas modalidades y etapas y monitoreará los tiempos máximos para la transmisión de publicidad.
Por su parte, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá entregar su opinión no vinculante al IFT en materia de contraprestaciones y tiene 30 días naturales para enviarla al regulador.
Carla Martínez, El Universal, 25 de marzo.

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